martes, 13 de julio de 2010

LA CÁMARA PENAL CELEBRÓ LA PRIMERA AUDIENCIA DE JUICIO ABREVIADO.

Con la nueva modalidad de un Tribunal Unipersonal, la Cámara Tercera en lo Criminal y Correccional dictó sentencia al imputado Marcos Antonio Reartes, quien se declaró culpable del delito de robo calificado por el uso de arma de fuego. En audiencia oral y pública de Juicio Abreviado, celebrada el 8 de julio, el Tribunal Unipersonal de la Cámara Tercera, a cargo del Juez Jorge Chamia, resolvió condenar a Marcos Antonio Reartes, (a) “Marquitos”, a la pena de cinco años de prisión de cumplimiento efectivo, por resultar coautor penalmente responsable del delito de Robo Calificado por el uso de armas (Art. 166 - inciso 2º -último párrafo- del Código Penal), la que deberá ser cumplida en el Servicio Penitenciario Provincial. En la apertura de la audiencia, el magistrado procedió a informar a las partes que el Juicio Abreviado es un procedimiento “alternativo consensuado” que busca agilizar los trámites procesales y que su implementación -que se desarrolla en Audiencias Orales- no disminuye o viola los derechos, ni las garantías constitucionales establecidas en función de un debido proceso. “Cuya finalidad es dar respuestas del sistema judicial a la sociedad, de forma rápida ante el delito penal, y para el imputado significa una negociación con el Fiscal de la pena a aplicar, teniendo asumida su autoría”, indicó el magistrado. Posteriormente, preguntó a las partes si consentían la aplicación del procedimiento de juicio abreviado para aplicarlo, ante lo cual todos manifestaron su consentimiento. Por su parte, el Fiscal de Cámara, Dr. Gustavo Zalazar, expresó que había convenido con el imputado y su abogado defensor la aplicación del procedimiento de Juicio Abreviado en la presente causa. Mientras que el imputado Marcos Reartes reconoció los hechos que se le atribuyen y declaró prestar consentimiento a dicho procedimiento. En consecuencia, Fiscal solicitó que Marcos Antonio Reartes sea condenado a la pena de cinco años de prisión de cumplimiento efectivo, por el delito que se le imputa. Finalmente, habiendo sido requerido el procedimiento de Juicio Abreviado por el Fiscal de Cámara, quien solicitó una pena de prisión de cinco años para el imputado, y admitido el procedimiento y el hecho por el imputado, el Juez del Tribunal Unipersonal resolvió condenar a Marcos Antonio Reartes aplicando la pena requerida por el representante del Ministerio Público Fiscal. El delito fue cometido el 15 de diciembre de 2.008, alrededor de las 17 horas, en un cyber ubicado en la avenida Perón esquina Santa Fe, y sus autores fueron Marcos Antonio Reartes y Pedro Pablo Cortez. En esa oportunidad, los imputados ingresaron al comercio, redujeron a su propietario y a un empleado, y sustrajeron de las cajas registradoras más de 7000 pesos y tarjetas telefónicas. Mientras que en la ejecución del hecho Reartes utilizó un revolver calibre 38 para amenazar y golpear a las víctimas. Seguidamente, los ladrones salieron del lugar y emprendieron la fuga en una motocicleta. A su vez, el propietario del cyber los persiguió hasta lograr que el conductor pierda el control del rodado y caigan al pavimento. Luego Cortez se levantó, subió al vehículo, y se escapó del lugar. Mientras que Reartes se trenzó a golpes con el damnificado, quien logró reducirlo hasta la llegada del personal policial. Más tarde, el cómplice sería atrapado por la Policía. Cabe resaltar que Pedro Pablo Cortez no aceptó someterse al procedimiento de juicio abreviado, porque se considera inocente. Por lo tanto, será juzgado en un juicio oral y público para determinar su culpabilidad o inocencia.

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