miércoles, 15 de septiembre de 2010

GUILLERMO GALVÁN PONE EN LA MIRA A GUSTAVO MINUZZI POR LA SAPEM.

El diputado radical, Guillermo Galván, presentará un Proyecto de Minuta de Comunicación en la Legislatura, mediante la cual solicita a la Función Ejecutiva Provincial, se sirva adoptar los mecanismos necesarios a fin de posibilitar el envío en forma urgente a esta Cámara de Diputados, de un informe relacionado al funcionamiento societario y comercial de la sociedad “AGROARAUCO S.A.P.E.M.”. La iniciativa tiene su fundamento en la necesidad de contar con dicho informe a los efectos de conocer el funcionamiento comercial, societario, laboral, fiscal y provisional de la empresa “AGROARAUCO S.A.P.E.M.”, y su vinculación societaria y/o comercial con la empresa “PRINCIPAL S.A.”, sus condiciones y beneficios, toda vez que el principal socio accionista es el Estado Provincial. A su vez pondera el informe suscripto por el Cr. Carlos Hugo Carrizo dirigido al Presidente del Tribunal de Cuentas con fecha 28 de junio de 2.010, donde surge que durante el periodo abril/junio de 2.010 el monto total de fondos remitidos por el Ejecutivo Provincial a la empresa AGROARAUCO S.A.P.E.M., según informe de la Tesorería General, en concepto de préstamos y aportes a cuenta de futuros aumentos de capital ascendió a la suma de $ 2.846.000. Según dicho informe entre otros conceptos, ingresaros con fecha 01/03/2.010 a la mencionada sociedad mediante Decreto Nº 385 del 05/04/10 la suma de $ 300.000 por vía del Municipio de la localidad de Arauco, a su vez la sociedad efectuó pagos por la suma de $ 150.000 al Sr. Gustavo Minuzzi a cuenta de compra de aceitunas. AGROARAUCO S.A.P.E.M. realizó otras erogaciones tales como: Energía de Agroarauco S.A.P.E.M. (03 y 04/2.010) por $ 12.285,70, Energía de Principal S.A. (03 y 04/2.010) por $ 65.560,04, sueldos Agroarauco S.A.P.E.M. por $ 257.992,69, sueldos Principal S.A. por $ 23.116, honorarios constitución e inscripción por $ 33.000, sueldos Agroarauco S.A.P.E.M. (abril/2.010) 10.802,36. A su vez, con fecha 04 de junio de 2.009, la Función Legislativa sancionó la Ley Nº 8.525 autorizando a la Función Ejecutiva para adquirir mediante el procedimiento de contratación directa ( Art. 28, 3º, Ley Nº 3.462) la empresa Principal S.A.. Asimismo, de aquel informe surge la constatación de una operación comercial totalmente ajena al giro y/o objeto social de Agroarauco S.A.P.E.M., como así también el pago en concepto de energía eléctrica distribuida de la siguiente manera: Tres pozos de extracción de agua subterránea de los cuales dos abastecen a la finca de Principal S.A., y uno para la plante fabril Agroarauco S.A.P.E.M.. Y además le pedirá a la Función Ejecutiva informe todo lo relacionado al funcionamiento societario y comercial de la sociedad “AGROARAUCO S.A.P.E.M.”, y su vinculación comercial y/o societaria con la empresa “Principal S.A.”, y el destino de los aportes dinerarios efectuados a la primera por el Estado Provincial, conforme los siguientes puntos: A – Informe la fecha de constitución e inscripción, y los libro y folios en los que Agroarauco S.A.P.E.M. se encuentra registrada en el Registro Público de Comercio, numero de Disposición de conformación de la Dirección General de Inspección de Personas Jurídicas, acompañando copia de la documentación respectiva. B – Informe la nomina originaria de los socios accionistas y de los actuales, con indicación de los datos identificatorios, y participación societaria de cada uno en el capital social de Agroarauco S.A.P.E.M., tipo de acciones de las que sean titular, acompañando copia del libro de registración de las acciones y/o indicación de la entidad, bancos comerciales o de inversión o cajas de valores autorizadas, que lleve el registro de las acciones escriturales si las hubiere, remitiendo la respectiva documentación. C – Informe detallado del inventario de los bienes muebles e inmuebles de los que es y de los que fue propietaria Agroarauco S.A.P.E.M., valuación de los mismos, indicando la modalidad contractual de adquisición de cada uno de los primeros, y modalidad contractual de venta o transferencia de los segundos, acompañando la documentación respectiva. D – Informe si conforme Ley Nº 8.525, el Estado Provincial adquirió la empresa Principal S.A., precio pagado por el paquete accionario, condiciones de adquisición, deudas fiscales, de seguridad social y laborales e inventario de bienes de propiedad de la Principal S.A. transferidos al Estado Provincial, y tipo de vinculación comercial, contractual y/o societaria existente entre la misma y Agroarauco S.A.P.E.M., desde la constitución de esta hasta la fecha del presente, remitiendo la documentación respectiva. E – Informe los motivos y normativa legal en virtud de la cual entre las erogaciones efectuadas por Agroarauco S.A.P.E.M. en el periodo marzo/abril de 2.010 se encuentran los pagos efectuados en concepto de Sueldos de la Principal S.A. por la suma de $ 23.116,oo, y Sueldos del personal de Agroarauco S.A.P.E.M. de Chilecito por la suma de $ 257.992,69, Energía Eléctrica de la Principal S.A. por la suma de $ 65.560,04 por dos perforaciones de extracción de agua subterránea, y por la suma de $ 12.285,14 por una perforación, indicando ubicación de los Pozos de Extracción indicados, acompañando la respectiva documentación. F - Informe los motivos, normativa legal y conceptos en virtud de los cuales el Ejecutivo Provincial remitió con fecha 01/03/2.010 a la empresa Agroarauco S.A.P.E.M. la suma de PESOS TRESCIENTOS MIL ($ 300.000) a través del Municipio de Arauco, acompañando la documentación respectiva. G – Informe el concepto en el que se efectuaron los pagos al Sr. Luis Jalil, D.N.I. Nº 7.856.120, detalle conformado por un Cheque del Bco. de Pcia. de La Rioja Nº 06665373 por $ 30.000 a nombre del Sr. Antonio Nicolás Castro; Recibo s/nº de fecha 05/05/2.010 por $ 50.000 firmado sin aclaración de nombre y apellido; y Recibo s/nº de fecha 29/04/2.010 por $ 50.000, remitiendo la documentación respectiva. H - Informe detalladamente el listado de la planta de trabajadores en relación de dependencia que posee Agroarauco S.A.P.E.M., indicando la situación laboral, salarial, de seguridad social, fiscal y/o impositiva de los mismos, remitiendo la documentación respectiva. I – Informe detalladamente la vinculación comercial existente entre el Intendente de Arauco Sr. Gustavo Minuzzi y Agroarauco S.A.P.E.M. desde la constitución de esta, hasta la fecha del presente, indicando fecha, montos y conceptos de la operatoria comercial entre ambos, especialmente respecto del contrato de compraventa de aceitunas celebrado entre aquellos mediante el cual Agroarauco S.A.P.E.M. entregó al Sr. Minuzzi la suma de $ 150.000 a cuenta de la venta estimada de 30.000 Kg. de aceitunas, remitiendo la documentación pertinente.- J – Informe detalladamente los rubros y montos incluidos en el concepto de honorarios profesionales abonados por Agroarauco S.A.P.E.M. tanto para el mes de inicio de actividades como para todo el desarrollo del giro comercial y societario de la misma, remitiendo la documentación respectiva. K - Informe todas y cada una de la demás circunstancias que la Función Ejecutiva Provincial estime conveniente a los efectos de que esta Cámara cuente con un cabal conocimiento respecto del funcionamiento comercial y societario de Agroarauco S.A.P.E.M., como así también del destino de los aportes efectuados a la misma por el Estado Provincial.

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