miércoles, 1 de agosto de 2012

CHAMÍA: "BEDER HERRERA SERÁ EL CANDIDATO A PRESIDIR ELPJ".

El diputado provincial Oscar Chamía confirmó este miércoles que las elecciones en el PJ serán el 16 de diciembre y que el oficialismo llevará al gobernador Luis Beder Herrera como candidato a presidente. Lo manifestó tras que los legisladores del PJ estuvieron reunidos en la noche del martes con el mandatario. El presidente de la Comisión de Presupuesto y Hacienda, dijo a Radio La Red, que en las elecciones previstas para el 16 de diciembre, donde se renovarán todas las autoridades del Partido Justicialista. El legislador junto a sus pares del oficialismo participaron de una reunión con el gobernador donde se plantearon diversos temas, entre ellos, la normalización del partido. "Lo que no nosotros aspiramos es que existan varias listas y que exista un acto eleccionario", expresó Chamía al tiempo que anticipó el oficialismo pretende que el gobernador Luis Beder Herrera sea el encargado de conducir el partido. La resolución de convocatoria para el 16 de diciembre establece la elección de 15 delegados ante el Congreso Nacional del Partido Justicialista, en calidad de titulares y ocho como delegados suplentes, tomando a la Provincia como distrito electoral único. Se integrará por representantes de cada departamento de la Provincia, titulares y suplentes con el titulo de congresales, en número igual al doble de la representación legislativa que les corresponda, conforme a la Constitución provincial. De este modo, Capital tendrá 16 titulares y 9 suplentes; Sanagasta, Castro Barros, San Blas de los Sauces, Famatina, Vinchina, General Lamadrid, Independencia, General Belgrano, General Ortiz de Ocampo, General San Martín, Juan Facundo Quiroga y Angel Vicente Peñaloza, tendrán dos titulares y un suplente. En tanto que Arauco, Chamical, Rosario Vera Peñaloza y Coronel Felipe Varela, tendrán seis titulares y cuatro suplentes y Chilecito ocho titulares y cinco suplentes. Para la elección de los congresales provinciales, cada departamento de la Provincia, será considerado Distrito Unico. La mesa directiva del Consejo Provincial, estará integrada por un presidente, un secretario general, un vicepresidente, un vicepresidente primero, un vicepresidente segundo, dos representantes de la Juventud, dos de la rama gremial y dos de la mujer. Para la elección de la mesa directiva del Consejo Provincial, la Provincia será distrito único. Para los consejos departamentales, se elegirán consejeros titulares y suplentes en el caso de Capital y Chilecito, 25 titulares y 10 suplentes; en Rosario Vera Peñaloza, Chamical, Coronel Felipe Varela y Arauco, 12 titulares y seis suplentes y en los restantes departamentos de la Provincia, se elegirán 8 titulares y cuatro suplentes. La mesa directiva de los Consejos Departamentales, estará integrada por un presidente, un secretario general, un vicepresidente, un vicepresidente primero, un secretario de Capacitación y Formación Política; un secretario de Afiliación y de Acción Política, un secretario Coordinador de Unidades Básicas y un secretario administrativo. Para la elección de la mesa directiva, y de los consejeros titulares y suplentes de los Consejos Departamentales, cada departamento respectivo es considerado distrito único. A su vez, se establece que el Tribunal Electoral será de cinco miembros, uno con el cargo de presidente y cuatro como vocales. Para la elección del Tribunal Electoral, la provincia de La Rioja será considerada como distrito único. Todos los candidatos serán elegidos por el voto directo y secreto de los afiliados del Partido Justicialista y deberán tener como mínimo, dos años de antigüedad en la afiliación. Ademas, las autoridades elegidas tendrán un mandato de cuatro años en su función. El Tribunal Electoral del PJ será el encargado de fijar el calendario electoral y dispondrá las medidas complementarios para la realización del acto electoral. El Padrón Electoral a utilizarse, será el que provea la Justicia Federal con competencia electoral en la provincia de La Rioja y las elecciones internas se regirán por Carta Orgánica del Partido Justicialista y para lo que no se encuentre previsto en ella, por la Ley Electoral provincial, el Código Electoral Nacional y la ley de Partidos Políticos. Los candidatos a cubrir los cargos partidarios, sólo podrán hacerlo en un estamento, quedando excluida la posibilidad de presentarse simultáneamente en cargos departamentales y provinciales, excepto en el caso de Delegados ante el Congreso Nacional y Congresales Provinciales. Los candidatos sólo podrán serlo de una sola lista en el orden nacional, provincial o departamental. El Tribunal Electoral otorgará a cada lista que se presente, representada por su apoderado, el derecho al uso del número y color, conforme al orden cronológico de presentación ante dicho Tribunal. Las mismas deberán ser avaladas por una Junta Promotora, conformada por 10 miembros integrantes. En todos los estamentos, deberá respetarse la normativa imperante para la integración de las listas, respecto a la proporcionalidad básica de participación femenina.

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