miércoles, 24 de noviembre de 2010

ABOGADO PIDE LA NULIDAD DE SUBASTA PÚBLICA DE "VALLE HERMOSO".

El abogado Emilio Rodríguez presentará formalmente, ante la Cámara Civil de Chilecito, una acción autónoma de nulidad en contra de la resolución que convalidó la subasta pública en donde se remataron 200 mil hectáreas del pueblo Valle Hermoso, en Vinchina, "con toda su gente adentro". Consideró que hubo irregularidades en el proceso. El letrado consideró además que la subasta estaría viciada de nulidad absoluta, porque la publicación de los edictos se realizó en un periódico semanal que se edita en Chilecito y el único oferente en la misma habría sido Javier García Quinzaños. El abogado patrocinante de los pobladores de Valle Hermoso, departamento Vinchina, aseguró que en los próximos días presentará formalmente, ante la Cámara Civil de Chilecito, una acción autónoma de nulidad, en contra de la resolución que convalidó la subasta publica por la cual se remataron 200 mil hectáreas de tierras de zona de seguridad de frontera. De acuerdo a los considerando Rodríguez entendió que "a todas luces (la subasta) estaría viciada de nulidad absoluta, ya que el único oferente en la misma habría sido Javier García Quinzaños, quién adquirió las 200 mil hectáreas, con toda su gente adentro". Aseguró el abogado que los pobladores de Valle Hermoso son los legítimos poseedores ancestrales y poseen importantes bienes fiscales como por ejemplo escuela, sala de primeros auxilios, salón de usos múltiples, capilla, destacamento policial y recursos naturales como el agua de gran cantidad y calidad, vertientes, ríos y montañas. Denunció Rodríguez que "la subasta le permitió a García Quinzaños, actualmente denunciado y procesado por una causa de estafa, realizar una millonaria operación en dólares y perfeccionar una escritura, también vulnerada por la ley, mediante la cual se vendió el inmueble con todos sus ocupantes (el pueblo) adentro a una persona extranjera". Explicó el profesional del derecho que la acción autónoma de nulidad, es un remedio jurídico recursivo de excepción que no está sujeta a plazos prescriptivos y que en derecho prospera contra sentencias o resoluciones que hacen cosa juzgada, cuando se ha violentado la Ley en perjuicio de interesados. "En este caso -continuó Rodríguez- los pobladores de Valle Hermoso que no fueron parte en el proceso y asimismo por el carácter fiscal de muchos bienes que allí se encuentran, el Estado provincial tendría personería para presentarse en razón del potencial daño o la perdida de los mismos". Afirmó el abogado que "se remató todo un pueblo sin cumplir con la ley", tras explicar que el código de procedimiento civil de La Rioja expresa, establece y ordena en su artículo 299º, que "la publicación de edictos se debe concretar por cinco días en el boletín oficial y en un diario provincial". Consideró Rodríguez que "llamativamente tales edictos se publicaron en el semanario "La Voz del Oeste" y que el mismo "era leído sólo por el establishment de Chilecito". "Obviamente -agregó el abogado- en este caso fueron muy pocos los enterados del remate que perdió el carácter de público, dañando con ello las instrucciones republicanas y afectando los derechos y garantías de jerarquía constitucional de los ciudadanos". Entendió que dicha cuestión "no debería haber sido pasado por alto por los magistrados de la Cámara Civil interviniente" y asegura que "a ello se le suma el agravante de la cuantía y la calidad del inmueble que allí se remataba". A su entender y sujeto a derecho, Rodríguez afirma que la falta de publicación pertinente hace al acto de "nulidad insanable" y lesionó seriamente los derechos de sus defendidos cuyas posesiones originarias son pacificas, efectivas e ininterrumpidas. Concluye que "ello lesionó a toda la ciudadanía por el carácter público de muchos de los bienes que conforman el campo en cuestión enclavado en la zona de seguridad y frontera del país".

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