miércoles, 15 de junio de 2011

BROMATOLOGÍA: CAPACITACIÓN OBLIGATORIA A MANIPULADORES DE ALIMENTOS.

El Ministerio de Salud Pública de la provincia, a través del área de Bromatología, informa que en el marco de la Ley 18.284 del Código Alimentario Argentino (CAA), la libreta sanitaria se entregará a los manipuladores  de alimentos de la Provincia que se hayan capacitado. En base al artículo Nº 21 del CAA, María Ángela D`Anna, responsable de Bromatología, señaló que todos los aspirantes, capacitadores, oficiales privados o de las propias empresas deben acercarse al Ministerio para informarse sobre los contenidos y modalidad de los cursos, como así también registrarse como capacitadores en Bromatología. En este sentido, agregó que en el área se atiende de 9.00 a 12.00 de lunes a viernes. La responsable remarcó que luego del curso se “otorgará una credencial del vendedor fiscalizado”. Asimismo, indicó que este requisito será obligatorio a partir de agosto en la provincia de La Rioja, de ahí que “sugerimos adecuarse a los nuevos requerimientos del CAA”. Además agregó que los establecimientos y elaboradores de alimentos de toda índole (vendedores ambulantes, elaboradores de pan casero, empanadas etc.) deben cumplir con el requisito.

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