lunes, 9 de julio de 2012

CONTROL DE PLAGAS: "AMBIENTE REGISTRA A EMPRESAS".

La Secretaría de Ambiente de la provincia, ante reclamos y denuncias concretas sobre personas o empresas que realizan Control de Plagas en el ámbito del territorio provincial, informó que se encuentra en plena vigencia la Resolución Nº 276/10 que establece el registro provincial de empresas de control de plagas, donde todas aquellas personas físicas o jurídicas que presten este servicio deberán estar registradas y habilitadas, caso contrario estarán incurriendo en infracción a la normativa vigente. El titular de la cartera Ambiental provincial Nito Brizuela, explicó que se registraron serias denuncias sobre empresas que se dedican al control de plagas y que no presentan documentación que las habilite para esta tarea, lo cual genera una evasión al control de organismos de aplicación y el no pago de impuestos municipales y provinciales generando una asimetría con respecto a las empresas habilitadas e inscriptas. Resaltó la importancia de que las empresas estén inscriptas en el registro, porque es la forma de cuantificar el servicio, identificar quienes son los encargados de realizar la tarea, la formación y nivel técnico, productos que utilizan, si disponen de equipos apropiados, y si tienen cartillas de seguridad, teniendo en cuenta que cualquier error puede provocar una intoxicación de personas y animales domésticos. Agregó además que se genera una competencia desleal con aquellas empresas locales, cuando se trata de empresas foráneas que vienen realizan el trabajo y regresan a su lugar de origen, ya que no pagan los impuestos municipales ni provinciales, lo que significa una evasión impositiva al erario local, con el agravante ante la posibilidad de accidente por intoxicación, que no cuentan con domicilio legal ni real en la provincia, ni habilitación para ser ubicados y responder en un eventual accidente. Por lo expuesto, la Secretaría de Ambiente no solo exige a las empresas de este rubro estar debidamente habilitadas y registradas, sino que requiere a comercios, industrias, agroindustrias, establecimientos educativos, etc., que trabajen con aquellas empresas que cumplen con la normativa vigente. Estas acciones se constatarán a través de visitas e inspecciones en los lugares mencionados. Finalmente, Brizuela dijo que “a las personas que se detecten haciendo está actividad sin las debidas habilitaciones y registro serán consideradas al margen de la ley y por lo tanto serán pasibles de severas sanciones, de igual modo los establecimientos que contraten estos servicios con empresas que no cumplan estos requisitos, se consideran en infracción y correrán con la misma suerte”. Las empresas dedicadas al control de plagas urbanas, deben estar debidamente habilitadas por la Municipalidad y reunir los requisitos establecidos por la Secretaría de Ambiente, donde se incluye estar inscripto en el Registro Provincial de Empresas de Control de Plagas Urbanas. Los interesados en tramitar su inscripción en el Registro Provincial deben presentar cada uno de los requisitos que a continuación se detallan, como así también podrán adjuntar certificados de cursos y talleres, relacionados con el rubro, y constancia de estar adherido a alguna asociación o cámara del rubro “empresa de servicios de control de plagas urbanas”. Los establecimientos comerciales, industriales, de salud, educativos, etc. deben solicitar y exigir el comprobante de que están habilitados por la Municipalidad, según Ordenanza Nº 3.877 (para el caso de la Ciudad de la Rioja) y en el caso de otros municipios presentar el lugar de origen (domicilio legal y real declarado). Además de la inscripción en la Secretaría de Ambiente, lo que garantiza que las personas encargadas de realizar esta tarea se encuentran en marcos legales.

REQUISITOS:

1) HABILITACIÓN MUNICIPAL

2) NOMBRE DE LA EMPRESA Y/O RESPONSABLE LEGAL

3) Nº DE CUIT – INSCRIPCIÓN AFIP (CONDICIÓN IVA)

4) INSCRIPCIÓN EN LA D.G.I.P.

5) INSCRIPCIÓN EN D.G.C.

6) ACREDITAR INSCRIPCIÓN EN EL REGISTRO DE GENERADORES Y OPERADORES DE RESIDUOS PELIGROSOS, DEPENDIENTE DE LA SECRETARÍA DE AMBIENTE DE LA PROVINCIA.

7) DOMICILIO LEGAL Y REAL

8) SEGURO DE VIDA, SEGURO ESPECIAL DEL RUBRO

9) DATOS PERSONALES Y PROFESIONALES DEL RESPONSABLE TÉCNICO

10) DEPOSITO PARA EQUIPOS Y PRODUCTOS

11) NOMINA DE VEHÍCULOS, MAQUINAS Y EQUIPOS DE TRABAJO

12) NOMINA DE PRODUCTOS (CON CARTILLAS DE TOXICIDAD)

13) TÉCNICAS, PROCEDIMIENTOS Y MÉTODOS A UTILIZAR

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