El vocal del Tribunal Superior de Justicia, doctor José Nelson Luna Corzo aclaró que en la reunión de Acuerdos, el cuerpo “no trató el cambio de lugar de prestación de servicios de la empleada María José Moreno, ni sus derivaciones, consistentes, de acuerdo a la información pública, en la radicación por su parte de una denuncia penal y de un pedido de enjuiciamiento político al presidente del TSJ”. Confirmó que lo único que el Tribunal Superior trató, a instancias del juez Claudio Ana, con la necesidad de aclarar a la opinión pública que “el juez que ejerce la presidencia del mismo cuenta con facultadas para realizar, por supuesto con el grado de razonabilidad propio de todo acto republicano, el cambio de sede de funciones del personal de planta”. Remarcó también el doctor Luna Corzo que “no conoce los hechos que motivaron al señor presidente a cambiar de oficina a la empleada Moreno, ni los que conceden contenido a la denuncia penal ni al pedido de enjuiciamiento político”. Respecto a las dos últimas cuestiones aclaró que “si las conociera es porque habría interferido en una actuación a cargo del juez competente, lastimando así, su independencia, valor básico de la vida judicial y cuyo primer guardián es el Tribunal Superior, o que pretende inmiscuirse en la competencia de enjuiciamiento de la Función Legislativa, que por efectos de la separación de los poderes de los distintos departamento de gobierno le corresponde”. Finalmente reiteró que el Tribunal Superior de Justicia “sólo acordó comunicar a la prensa el texto de la acordada Nº 196”, que dice textualmente: “Situación generada por la asignación de lugar de prestación de servicios de la empleada María José Moreno: Ante los acontecimientos de público conocimiento, derivados del cambio de lugar de prestación de servicios de la empleada mencionada, dispuesta por el presidente de ese Tribunal, este cuerpo estima necesario esclarecer a la opinión pública, señalando que tal tipo de disposiciones corresponden al ejido de atribuciones del juez en ejercicio de la presidencia, de acuerdo a lo estatuido por el artículo 48 inciso 3º de la Ley Orgánica de la Función Judicial de la Provincia. Resuelve: 1º) Hacer saber a la opinión pública por este medio y en relación a la situación generada por el cambio de destino de una agente de la Función Judicial, lo vertido en el considerando de éste Acuerdo. Firmado por los jueces Claudio Ana, José Luna Corzo y Mario Pagotto. Por su parte el juez Claudio José Ana afirmó que en el Acuerdo “hemos avalado lo actuado por el presidente, ello en virtud a las facultades que tiene y le son propias en la Ley Organiza y en la Constitución provincia”. Recalcó asimismo que la información que se refiere a los trámites y procedimientos administrativos, fueron proporcionados por su persona en virtud de la documentación que tuvo a la vista y ante el requerimiento periodístico para explicar el contexto en el que se generó el mencionado Acuerdo.
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