jueves, 22 de mayo de 2014

LA RIOJA EN LA 85º REUNIÓN PLENARIA DEL CONSEJO FEDERAL DEL TRABAJO EN SALTA.

Días atrás se llevó a cabo la 85º Reunión Plenaria del Consejo Federal del Trabajo que tuvo lugar en la provincia de Salta, donde los titulares de Trabajo provinciales respaldaron en forma unánime el proyecto de Ley de Promoción del Trabajo Registrado y Prevención del Fraude Laboral.Fue presidida por el ministro de Trabajo de la Nación Carlos Tomada y la viceministra de Trabajo Noemí Rial. Se trataron diversos temas y se confeccionó una importante declaración. El gobernador de Salta, Juan Manuel Urtubey agasajó a las autoridades nacionales y provinciales con un almuerzo de camaradería en la residencia de Finca Las Costas.La provincia de La Rioja estuvo representada por la secretaria de Trabajo, Myriam Espinosa, área dependiente del Ministerio de Gobierno, Justicia, Seguridad y Derechos Humanos.Durante la jornada, el Ministro Tomada, exhortó a los ministros provinciales a seguir trabajando en la lucha contra el trabajo no registrado, la ampliación de los derechos de los trabajadores y la inclusión laboral de los jóvenes en la defensa del empleo.En  la reunión también se consagró una declaración de adhesión al proyecto Ley de Promoción del Trabajo Registrado y Prevención del Fraude Laboral.

Declaración del consejo federal del trabajo de la república argentina

Reunión Plenaria N° 85 - 16 de mayo de 2014

El Consejo Federal del Trabajo de la República Argentina, ha considerado pertinente realizar una declaración de ADHESION al proyecto de ley remitido por el Poder Ejecutivo Nacional al Honorable Congreso de la Nación, tendiente a promover el trabajo registrado y a profundizar la lucha contra el fraude laboral.En tal sentido, la actividad del Consejo Federal del Trabajo ha operado como herramienta clave en la articulación de los respectivos roles que, al respecto, competen al Estado Nacional y a los Estados locales. Ha sido en función de ello que esta rica y plural participación permitiera exhibir conjuntamente, como logro común, la recuperación de cerca de 6 millones de puestos de trabajo, la sensible disminución  de  la  siniestralidad laboral,  las  tareas conjuntas de prevención en materia de salud y seguridad en el trabajo, la lucha frontal por la erradicación del trabajo infantil, entre otros significativos resultados obtenidos.Tales avances han tenido su expresión en el plano normativo. Especialmente, es digna de destacar la sanción de la Ley N° 25.877, de Ordenamiento Laboral, qué ha permitido no sólo incorporar al derecho positivo herramientas más apropiadas para atender la problemática laboral individual y colectiva, ajustadas a los parámetros antes señalados, sino también reafirmar el compromiso integrado de las Administraciones del Trabajo del Estado Nacional y los Estados locales, en lo que hace al cumplimiento de las normas del trabajo y la seguridad j social, en todo el territorio de la Nación, sustentado en los principios de "corresponsabilidad, coparticipación, cooperación y coordinación" conforme lo establece la ley 25.212 (Pacto Federal del Trabajo) y las respectivas constituciones provinciales y de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires.No obstante ello, no es menos cierto que los saldos insuficientes deben ser, también, asumidos en el balance global. Y, al respecto, no puede soslayarse que la importante reducción en QUINCE (15) puntos porcentuales del trabajo no registrado no debe obstar a la obvia preocupación  que genera  la cruda  realidad  de la subsistencia del trabajo irregular en un porcentaje del 34%, según datos de diciembre de 2.013.Esta situación no puede menos que alertar a todos y cada uno de las expresiones de los poderes públicos y a redoblar los esfuerzos y concluir con la tarea encarada.

Es por ello, que este Consejo Federal del Trabajo de la República Argentina,

DECLARA

1°.- Su adhesión en general al Proyecto de Ley de Promoción del Trabajo Registrado y Prevención del Fraude Laboral, elaborado por el Poder Ejecutivo Nacional y de esta manera, solicitar a la Honorable Cámara de Diputados de la Nación su pronto tratamiento y aprobación.

 2o.- Concordantemente, ratifica el compromiso cíe las Administraciones del Trabajo de las Provincias y Ciudad Autónoma de Buenos Aires, sustentado en los principios de corresponsabilidad, coparticipación, cooperación y coordinación, conforme lo establece la ley 25.212 (Pacto Federal del Trabajo) y las respectivas constituciones provinciales y de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires; de encarar conjuntamente con el Ministerio de Trabajo, Empleo y Seguridad Social de la Nación, el combate final por la incorporación de la totalidad de los trabajadores argentinos; al pleno goce de los derechos del trabajo y la seguridad social, desterrando definitivamente toda forma de irregularidad, precariedad o fraude en las relaciones laborales.

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