sábado, 5 de mayo de 2012

ORDENAN SUSPENDER PROCESO DE REVOCATORIA DE ADRIANA OLIMA.

El Tribunal Electoral con el voto en disidencia del juez José Luna Corzo hizo lugar ayer a la declaración de inadmisibilidad e inconstitucionalidad del artículado de la ley 5.989/94 y ordenó la suspensión del proceso de revocatoria del mandato de la diputada provincial por Famatina, Adriana Olima.La resolución se conoció anoche y tuvo el apoyo de los vocales Víctor Ascoeta y Azucena del Carmen Sánchez. El Presidente del Tribunal votó en disidencia. El Tribunal Electoral Provincial con el voto en disidencia de su presidente, José Nelson Luna Corzo, declaró la "inconstitucionalidad de los artículos 22 y 23, de la ley N* 5.989, con los alcances que determina el artículo 389 del CPC". Los abogados que asumieron la defensa de la diputada Adriana Olima, doctores Santiago y Julio Azulay fueron notificados anoche cerca de las 22, en el domicilio constituido en esta Capital. El punto 2*, de la parte resolutiva determinó "suspender el proceso de Revocatoria Popular, iniciado en los autos expediente 1149/2012, caratulado Ríos Carrizo César y otros, revocatoria popular, mandato diputada Adriana del Valle Olima". La resolución además de Luna Corzo contó con el apoyo en mayoría de los vocales Víctor César Ascoeta y Azucena del Carmen Sánchez. De este manera quedó desestimado el proceso de revocatoria iniciado contra la legisladora famatinense, por lo que sus abogados defensores, Santiago y Julio Azulay no ocultaron su beneplácito al que consideraron "un éxito de la defensa frente a los pronósticos en contra que en su momento había tenido".

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