El ente recaudador de la provincia de Buenos Aires -ARBA- dictó una resolución por la que intima a la empresa Yoma SA a pagar, en 15 días, una multa que se estableció por incumplimientos de la firma cometidos entre los años 2003 y 2006. La sanción, según surge de la resolución oficial publicada en el Boletín Oficial, tiene como origen demoras de Yoma SA -con sede en el distrito de Avellaneda- en depositar los montos correspondientes al impuesto a los Ingresos Brutos que la empresa colectaba en su condición de agente de retención de ese gravamen. En la conclusión de un expediente sumarial que se tramitó durante años, el organismo recaudador indicó que "se constató prima facie" la comisión de "defraudación fiscal", prevista y sancionada en el Código Fiscal de la Provincia, "por mantener en su poder impuestos percibidos o retenidos después de haber vencidos los plazos en que debieron ingresarlos al Fisco". En su resolución, Arba hace responsables del incumplimiento -y del pago de la multa- a integrantes del órgano de administración de la empresa, entre ellos Guillermo Luis Yoma y Omar Eduardo Yoma. Y les otorgó 15 días hábiles a partir de la publicación de la medida en el Boletín Oficial, para abonar la sanción económica.
sábado, 23 de mayo de 2009
UN ORGANISMO DE RECAUDACION BONAERENSE MULTÓ A LA EX CURTIEMBRE YOMA.
El ente recaudador de la provincia de Buenos Aires -ARBA- dictó una resolución por la que intima a la empresa Yoma SA a pagar, en 15 días, una multa que se estableció por incumplimientos de la firma cometidos entre los años 2003 y 2006. La sanción, según surge de la resolución oficial publicada en el Boletín Oficial, tiene como origen demoras de Yoma SA -con sede en el distrito de Avellaneda- en depositar los montos correspondientes al impuesto a los Ingresos Brutos que la empresa colectaba en su condición de agente de retención de ese gravamen. En la conclusión de un expediente sumarial que se tramitó durante años, el organismo recaudador indicó que "se constató prima facie" la comisión de "defraudación fiscal", prevista y sancionada en el Código Fiscal de la Provincia, "por mantener en su poder impuestos percibidos o retenidos después de haber vencidos los plazos en que debieron ingresarlos al Fisco". En su resolución, Arba hace responsables del incumplimiento -y del pago de la multa- a integrantes del órgano de administración de la empresa, entre ellos Guillermo Luis Yoma y Omar Eduardo Yoma. Y les otorgó 15 días hábiles a partir de la publicación de la medida en el Boletín Oficial, para abonar la sanción económica.
Suscribirse a:
Enviar comentarios (Atom)
No hay comentarios:
Publicar un comentario