miércoles, 25 de agosto de 2010

LA CÁMARA PENAL REVOCÓ ABSOLUCIÓN DE GARCIA QUINZAÑOS Y APARTÓ AL JUEZ RAMOS.

La Cámara Penal de la Segunda Circunscripción Judicial revocó el sobreseimiento a García Quinzaños en la venta irregular de tierras en Valle Hermoso, departamento Vinchina; y apartó de la causa al juez Alfredo Ramos quien había sobreseído al cuestionado abogado. De esta forma los poseedores ancestrales de la zona serán parte en la causa, luego de haber sido ignorados y rebajados a la condición de meros tenedores de un comodato. El doctor Emilio Rodríguez, abogado defensor de los vecinos de Valle Hermoso, manifestó que "este fallo es justo y conforme a derecho, viene a ser un triunfo de nuestra inquebrantable e irrenunciable vocación de defender los derechos de los pobladores de Valle Hermoso frente al despojo fraudulento del que fueron víctimas". Agregó que "la Justicia nos dio la razón frente a un sobreseimiento que no estuvo ajustado a derecho por parte del juez Ramos, que trae como sanción de la Cámara Penal el apartamiento en este caso. Hay que decir que esto es un reconocimiento tácito de los derechos que tienen los pobladores sobre el vendedor García Quinzaños y el comprador Lieberson, ciudadano estadounidense". Puntualizó luego que "defendemos a rajatabla el derecho de posesión y ese derecho es inmemorable e ininterrumpido de los pobladores de Valle Hermoso; se pretendió despojarlos y por eso es la cuestión penal que estamos llevando adelante frente a una maniobra; la posesión está amparada por el derecho de más de 100 artículos en el Código Civil, no es un capricho". Además confirmó que hay una nueva denuncia presentada la semana pasada por Francisco Aguaysol, poseedor de tierras en Valle Hermoso y que tuvo una relación comercial con el abogado Adrián Nirich, a quien le vendió una vivienda y recibió como pago cheques firmados por García Quinzaños. "Esos cheques en principio tuvieron un problema porque eran sin fondos, depositan luego el dinero cuando los intima Aguaysol, allí se conocieron, y Aguaysol también cae en la maniobra de firmar un comodato", reveló Emilio Rodríguez. Apuntó luego que "esta denuncia se radicó en el Juzgado de la doctora Rivero, y es determinante porque hace a una relación entre Nirich, García Quinzaños y demás. En la denuncia se dice que Nirich es socio de García Quinzaños. Esto aporta más datos relevantes a la causa". La resolución firmada por el presidente del Tribunal, el juez Mario Pagotto, declara "la nulidad absoluta de la resolución de fs. 22 de autos de fecha 25 de febrero de 2010 y de todo acto procesal desarrollado con posterioridad a esa fecha en estos autos y en los principales expediente Nº 32.938/09- "García Quinzaños Astur Javier p.s.a de Fraude y Falsedad ideológica", debiéndose dictar en su reemplazo la correspondiente resolución, otorgándoles la participación a las supuestas víctimas en la calidad solicitada, permitiéndoles que participen en el proceso y en todos sus actos de diligenciamiento de las pruebas que se produzcan en cuanto ellas sean pertinentes y útiles para el esclarecimiento del hecho denunciado". Asimismo se declara "la inconstitucionalidad de la parte pertinente del artículo 44 de la ley 6.827, que establece: "...no pudiendo darse por iniciada ninguna actuación, que no esté acompañada de la boleta de depósito aludida..." y establecer su inaplicabilidad en el presente caso. También se decide "apartar de seguir entendiendo en la causa al juez de Instrucción, doctor Alfredo Eduardo Ramos, debiendo pasar todas las actuaciones labradas en el presente proceso penal, expediente principal e incidentes, al sustituto legal". "Es de hacer resaltar que dentro de las funciones primordiales ineludibles que poseemos como jueces, es la de asumir la defensa del estado democrático, y por ende del Estado de Derecho, donde la realización de la justicia imparcial como valor, sea una real concreción social. "Por ello es que resalto, como es de público y notorio conocimiento, que a través de medios periodísticos de circulación masiva, no tan sólo de esta Provincia, sino también en el orden nacional, se ha puesto en duda la imparcialidad del juez de Instrucción interviniente en esta causa", dice la resolución. "Dada la importancia y repercusión del caso que se investiga y la premura en que debe investigarse los hechos penales denunciados y estando en juego el orden público, del cual debemos ser celosos custodios, me lleva como lógica consecuencia de lo aquí expuesto, por decoro y por ética, a apartar de seguir entendiendo en la causa el Sr. Juez de Instrucción, doctor Alfredo Eduardo Ramos, debiendo pasar todas las actuaciones labradas en el presente proceso penal, expediente principal e incidentes, al sustituto legal", concluye.

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