miércoles, 23 de agosto de 2017

LA CORTE LE ORDENÓ A LA CÁMARA ELECTORAL QUE EMITA NUEVO FALLO SOBRE CANDIDATURA DE MENEM

El máximo Tribunal revocó la sentencia que le impedía al ex presidente postularse por "graves defectos formales", aunque no emitió su opinión sobre la cuestión de fondo.La Corte Suprema revocó el fallo de la Cámara Electoral Nacional (CNE) que le impedía a Carlos Menem postularse para un tercer mandato en la Cámara Alta, al considerar que tiene "graves defectos formales" y ordenó un nuevo pronunciamiento antes del vencimiento del plazo para la habilitación de listas.Según informó el Centro de Información Judicial (CIJ), el máximo Tribunal no emitió opinión sobre la cuestión de fondo, es decir, sobre su habilitación como candidato. Según detalla el CIJ, la Corte entendió que la sentencia de la Cámara Electoral contenía "graves defectos jurídicos que hacían imposible mantenerla".

Las razones:

La Corte consideró que "la Cámara Electoral no analizó el planteo relacionado con la legitimación, es decir, si alguien que no es de la lista puede impugnarla en las elecciones primarias". Tampoco examinó, según el máximo Tribunal, la denominada "preclusión", es decir, si había vencido el plazo para la impugnación, cuestión que ha sido muy importante en la jurisprudencia del alto tribunal para dar seguridad jurídica. "De esta manera afectó los derechos de quienes invocaron defensas en el proceso", explicó el CIJ. También entendió que la sentencia se fundó en un único antecedente que no era aplicable a la causa, lo que significa que se trató de una mera afirmación dogmática, violando el derecho de todos los ciudadanos a una sentencia fundada. Tampoco tuvo en cuenta el derecho a la revisión de las sentencias condenatorias ni dio una explicación fundada sobre este aspecto. La Corte envió las actuaciones a la Cámara Electoral para que emita un nuevo pronunciamiento que resuelva los cuestionamientos no atendidos en su anterior sentencia, indicó el CIJ. El máximo Tribunal determinó que el nuevo fallo deberá ser dictado por la Cámara Electoral con anterioridad a la fecha de oficialización de las listas , de acuerdo a lo establecido en el cronograma electoral vigente.

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