El diputado Délfor Brizuela planteó algunos procedimientos en cuanto a la admisión de los postulantes a cubrir cargos en la Función Judicial y dejó sentado su desacuerdo al criterio que utilizó el Consejo de la Magistratura para la admisión de postulantes para juez. En forma puntual el legislador cuestionó la postulación del juez de Instrucción en lo Criminal y Correccional Nº 1 de la Primera Circunscripción Judicial-Sede La Rioja y en el que fue designado el doctor Mario Eduardo Martínez. El legislador consideró que "no se ha interpretando los artículos de la Constitución provincial en los cuales se establecen los requisitos para ser juez y donde claramente se establece una distinción de forma y de contenido entre título y ejercicio de la profesión". Recordó que la Constitución considera que la sapienza no es el único elemento que importa, sino también la experiencia que tiene que ver con el conocimiento, por lo que aseguró que "en eso nosotros claramente vimos que uno de los postulantes, que tenía mayor puntaje en los antecedentes y finalmente fue designado, no garantiza la matrícula ni los 8 años de ejercicio profesional". Brizuela destacó y valoró el esfuerzo realizado por el Consejo de la Magistratura, pero considera que "esta cuestión pone una mancha que lo hace poco creíble ante la sociedad". Descartó que ello signifique "manosear" el Consejo de la Magistratura, y afirmó que "en definitiva la facultad originaria de la designación de los jueces es de los representantes del pueblo, es decir de la Cámara". Entendió que el Consejo es un instituto importante que ayuda a la selección para que haya más transparencia, pero aseguró que "no excluye las facultades nuestras, porque dijeron que si alteramos el orden y designábamos a los que siguen en la terna, manoseábamos el Consejo". En cuanto al tema en cuestión explicó que el doctor Martínez se habría recibido en diciembre del 2001, y su título o diploma, que lo habilita como tal, le fue entregado en septiembre de 2002, considerando Brizuela que "no llega a cumplir con el requisito de los 8 años como abogado". Explica además que cuando se requirió dicha documentación, lo único que presenta es el título del 2002 y la última materia de la facultad la habría dado en diciembre del 2001, "entonces nos preguntamos por la matricula de Buenos Aires que lo habilita en el ejercicio de las funciones y no está", acotó el legislador. Aclaró también que ante el pedido de informes al respecto, el Consejo de la Magistratura presentó una acordada en la que establece un criterio unificado de título y de antigüedad en el ejercicio, "algo a lo que nosotros nos oponemos y que iría en contra de la Constitución". Por último consideró que ello dejó abierta una ventana para que alguno plantee la inconstitucionalidad del cargo, afirmando que "justamente el Consejo de la Magistratura y la Cámara, debieran servir para garantizar que no haya colisión con la Constitución", concluyó.
viernes, 20 de agosto de 2010
DELFOR BRIZUELA EN DESACUERDO CON LA DESIGNACIÓN DEL JUEZ MARTINEZ.
El diputado Délfor Brizuela planteó algunos procedimientos en cuanto a la admisión de los postulantes a cubrir cargos en la Función Judicial y dejó sentado su desacuerdo al criterio que utilizó el Consejo de la Magistratura para la admisión de postulantes para juez. En forma puntual el legislador cuestionó la postulación del juez de Instrucción en lo Criminal y Correccional Nº 1 de la Primera Circunscripción Judicial-Sede La Rioja y en el que fue designado el doctor Mario Eduardo Martínez. El legislador consideró que "no se ha interpretando los artículos de la Constitución provincial en los cuales se establecen los requisitos para ser juez y donde claramente se establece una distinción de forma y de contenido entre título y ejercicio de la profesión". Recordó que la Constitución considera que la sapienza no es el único elemento que importa, sino también la experiencia que tiene que ver con el conocimiento, por lo que aseguró que "en eso nosotros claramente vimos que uno de los postulantes, que tenía mayor puntaje en los antecedentes y finalmente fue designado, no garantiza la matrícula ni los 8 años de ejercicio profesional". Brizuela destacó y valoró el esfuerzo realizado por el Consejo de la Magistratura, pero considera que "esta cuestión pone una mancha que lo hace poco creíble ante la sociedad". Descartó que ello signifique "manosear" el Consejo de la Magistratura, y afirmó que "en definitiva la facultad originaria de la designación de los jueces es de los representantes del pueblo, es decir de la Cámara". Entendió que el Consejo es un instituto importante que ayuda a la selección para que haya más transparencia, pero aseguró que "no excluye las facultades nuestras, porque dijeron que si alteramos el orden y designábamos a los que siguen en la terna, manoseábamos el Consejo". En cuanto al tema en cuestión explicó que el doctor Martínez se habría recibido en diciembre del 2001, y su título o diploma, que lo habilita como tal, le fue entregado en septiembre de 2002, considerando Brizuela que "no llega a cumplir con el requisito de los 8 años como abogado". Explica además que cuando se requirió dicha documentación, lo único que presenta es el título del 2002 y la última materia de la facultad la habría dado en diciembre del 2001, "entonces nos preguntamos por la matricula de Buenos Aires que lo habilita en el ejercicio de las funciones y no está", acotó el legislador. Aclaró también que ante el pedido de informes al respecto, el Consejo de la Magistratura presentó una acordada en la que establece un criterio unificado de título y de antigüedad en el ejercicio, "algo a lo que nosotros nos oponemos y que iría en contra de la Constitución". Por último consideró que ello dejó abierta una ventana para que alguno plantee la inconstitucionalidad del cargo, afirmando que "justamente el Consejo de la Magistratura y la Cámara, debieran servir para garantizar que no haya colisión con la Constitución", concluyó.
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