El diputado nacional riojano puntualmente pretende modificar varios artículos de la legislación argentina vigente para hacerla más eficiente y evitar así que se burle la figura de tenencia de drogas, encubriéndola como si fuera para consumo de tipo personal. Además, el legislador propone aumentar las penas a narcotraficantes, mejorar la atención y contención de los adictos, y dotar de más recursos a las áreas estatales que tengan a su cargo la tarea de prevención y lucha contra las adicciones. Pormenores del proyecto. El diputado nacional Alberto Paredes Urquiza, presentó ante especialistas en la lucha contra el narcotráfico y prevención de las adicciones de todas las provincias, su proyecto de ley que modifica varios artículos de la legislación nacional vigente para hacerla más eficiente y evitar que se la burle bajo la figura de “tenencia de estupefacientes para consumo personal”. Además, propone aumentar las penas a los narcos, mejorar la atención y contención de los adictos y dotar de más recursos a las áreas estatales provinciales que tienen a su cargo la tarea de prevención y lucha contra las adicciones. El texto de la ley, hasta ahora vigente, asienta como criterio que la tenencia puede ser considerada para uso personal “por su escasa cantidad y demás circunstancias”. En el texto que se propone, se formula una precisión mayor aún: se dice ínfima cantidad. Tiene una clara intencionalidad: combatir a la persona encargada de hacer llegar la droga al consumidor, es decir, el dealer. O el distribuidor minorista, también conocido en la jerga como “delivery”. Para Paredes Urquiza, sin dealers no hay distribución de la droga. Por lo tanto, quién mantenga el discurso de que lo único que importa es el combate contra el gran cartel o contra el gran zar de la droga, o el conjunto de ellos, en realidad oculta por ignorancia o por inocencia su interés de mantener el problema latente. Dice Paredes que, “aún cuando haya grandes golpes policiales, con secuestro de grandes cargamentos y juzgamiento de sus responsables, siempre habrá nuevos y más narcotraficantes dispuestos a llevar a cabo la tarea, a continuar con el negocio, máxime en un mundo tan intensamente interconectado como el actual”. “Esta nueva ley debe poner el acento en una mayor penalidad para los máximos responsables del problema de la droga, y a eso se tiende cuando se elevan los mínimos de las penas imponibles, pero no puede descuidar al pequeño distribuidor, sin cuya acción no hay comercialización posible”, agregó el legislador. “¿Cómo actúa entonces el dealer, y qué debe hacerse, desde la estructura legal, para combatirlo?” se pregunta el legislador. Y advierte: “El pequeño distribuidor adquiere siempre una escasa cantidad de droga; dos o tres porros, los tiene, hasta que los vende”. “Si la Policía , que sabe de su actividad, lo detiene, jamás le encontrará una cantidad mayor; el juez, por la escasa cantidad, dirá siempre que es para consumo propio (recuérdese que toda interpretación de las circunstancias que lleven a la aplicación de una ley penal debe realizarse a favor de la inocencia del ciudadano). La droga, bajo este esquema, se propaga a raudales”, enfatizó Paredes Urquiza. Por ello en el proyecto de ley del legislador riojano se establece que, “en principio, la tenencia de más de una cantidad ínfima no puede encuadrarse como tenencia para uso personal (la apreciación de lo “ínfimo” quedará a consideración del juez, que deberá evaluar la situación a la luz de las demás circunstancias). Pero como esto no puede implicar una afirmación legal tajante, se señalan a continuación los supuestos en que sí podría ocurrir, tomándose como situación excepcional por la que atraviesa el adicto, y con la comprobación médica de su situación”. En sentido contrario, dice Paredes Urquiza, “tampoco puede pensarse que por el hecho de tener una dosis mínima no vaya a poder comercializarse; de ocurrir, la causa se encuadrará en la figura respectiva”. “Pero también se prevé que, aún portando una cantidad ínfima, si la persona es sorprendida en más de una ocasión portando tales dosis en la vía pública, tampoco podrá considerarse esta situación como eximente de la sanción”, agregó el legislador. El proyecto trae también a colación la enseñanza del fallo Arriola. “El consumo, para considerarse inconstitucional su penalización, sólo puede admitirse hecho en un ámbito privado, sin trascendencia. Por lo tanto, quien porta drogas en la vía pública, no tiene tal direccionalidad y por lo tanto no puede quedar amparado por la impunibilidad. Podrá alegarse que el consumidor puede estar dirigiéndose a su morada, y por ello la eximente funciona en una primera ocasión, pero la reiteración de la conducta no es posible de admitir, so peligro de que bajo tal figura se ampare siempre el distribuidor”, alertó el diputado riojano. Según el proyecto, “para el esquema del narcotráfico, esto implica que el dealer tendrá que hacer llegar la droga a domicilio (de lo contrario el consumidor corre el riesgo de resultar sorprendido más de una vez y dejar de estar amparado legalmente). Esta modalidad es notoriamente más comprometida para el narcotraficante (hoy en día, es el consumidor el que acude al lugar de expendio, aún cuando éste fuere un paseo público), por lo que se estima propicio que la estructura legal contemple estas situaciones”. Sostuvo Paredes Urquiza también que “otra de las consecuencias, que un cambio de modalidad en la conducta del dealer traería aparejado, si se lo obliga a ir a domicilio para hacer llegar la droga al consumidor “sin peligro” para éste, es la mayor posibilidad de control familiar de la situación del adicto, tema por demás importante para sobrellevar este tipo de situaciones”. Paredes Urquiza afirma que con su proyecto de ley “se tiende a evitar que, despenalización del consumo mediante, el narcotráfico pueda idear metodologías de comercialización que burlen a la acción judicial. Lo que se establece es una especie de límite a una posible consideración de adicción, frente a una eventual acción deliberada de encubrir de tal modo una conducta delictiva”. El proyecto también tiende a elevar las penas para los grandes narcotraficantes, porque la reforma pretende salvar zonas oscuras que tiene la ley actual, como el caso de quienes trafiquen precursores químicos como la efedrina, los que con la legislación actual sólo eran pasibles de pagar multas. Paredes Urquiza dijo que las modificaciones propuestas en la ley incluyen tratamientos y curaciones para los adictos que no se dedican a comercializar estupefacientes y consideró que la reforma que propone le servirá a la Justicia para actuar con mayor agilidad. La presentación del proyecto de ley se concretó en el Consejo Federal de Drogadicción (COFEDRO), en el marco de la Tercera Asamblea nacional 2010, que se realiza en el hotel Cambremón de la Capital Federal , de la cual también participó el secretario provincial de Prevención de la Drogadicción Alberto Andalor. También asistió su par nacional, José Granero, quien manifestó su total apoyo y elogió el proyecto como “el más coherente y mejor orientado de todos los existentes”. Así también lo expresaron los representantes de diversas provincias que se comprometieron a hablar con los diputados de sus jurisdicciones para que también lo apoyen.

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