martes, 23 de junio de 2009

LA JUSTICIA ELECTORAL RECHAZÓ LA IMPUGNACIÓN A LA LISTA DEL PJ PRESENTADA POR EMILIO LUCERO.

La Cámara Nacional Electoral confirmó, mediante el fallo 4202, lo resuelto por la Junta Electoral Nacional, distrito La Rioja, que rechazó, “por considerarlo extemporáneo e inadmisible”, el planteo de impugnación presentado por el congresal del Partido Justicialista y candidato a diputado provincial por el Partido Frente Renovación del Pueblo contra la lista de candidatos y los modelos de Boletas de Sufragio presentada por el PJ y la Alianza Frente Justicialista del Pueblo. El pasado 4 de junio Emilio Lucero, en su calidad de Congresal del Partido Justicialista y candidato a diputado provincial por el partido Frente Renovación del Pueblo, presentó ante la Justicia Electoral un pedido de impugnación. Este pedido de impugnación se realizó a la lista presentada por el Partido Justicialista en su alianza denominada Frente Justicialista del Pueblo, que en su momento la Junta Electoral Nacional no hizo lugar por considerarlo “extemporáneo e inadmisible”. Ante su apelación presentada, el día 18 de junio, la Cámara Electoral sostuvo que –en términos jurídicos- “en tales condiciones y toda vez que no surge de la constancias de la causa que el impugnante haya recurrido la decisión del Tribunal Electoral Provincial, que oficializó las listas de candidatos presentadas por el Partido Justicialista en el orden local, la pretensión formulada en el sub examine resulta inadmisible”. Por ello, la Cámara Nacional Electoral resolvió “confirmar la decisión apelada de la Honorable Junta Electoral de la Nación, distrito La Rioja”.

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