La Secretaría de Turismo informó que "ninguna agencia de turismo estudiantil está autorizada a comercializar viajes de egresados y/o viajes de estudios con fecha de salida posterior a febrero de 2015", hasta obtener debidamente el Certificado Anual que los habilita en marzo de cada año. Coincidentemente con lo dispuesto por el Ministerio de Turismo de la Nación, el Organismo Provincial hará cumplir con lo establecido en la Ley 25.599, modificada por la Ley 26.208, donde se indica que “para operar en Turismo Estudiantil deberá contar con un Certificado Nacional de Autorización para Agencias de Turismo Estudiantil”, dando cumplimiento a los requisitos detallados por la Resolución Nº 237/2007 de la entonces Secretaría de Turismo de la Nación. La norma legal expresa además que los viajes de egresados forman parte de “actividades turísticas realizadas con el objeto de celebrar la finalización de un nivel educativo o carrera, que son organizadas con la participación de los padres o tutores de los alumnos, con propósito de recreación y esparcimiento, ajenos a la propuesta curricular de las escuelas y sin perjuicio del cumplimiento del mínimo de días de clase dispuesto en el calendario escolar de cada jurisdicción educativa”.El Certificado Nacional de Autorización para Agencias de Turismo Estudiantil será expedido por el Registro de Agentes de Viajes a cargo del Ministerio de Turismo, Cultura y Deportes, que evaluará y acreditará el cumplimiento de todos los recaudos legales que exige la presente ley y su reglamentación.Sin embargo, tampoco "se habilitarán destinos en el exterior de la República Argentina a aquellas agencias que no hayan dado cumplimiento a lo dispuesto por la Res. 143/2012"."Para el caso de contratarse los viajes al exterior de la República Argentina de manera individual se hace saber que en ese caso los mismos carecerán de los seguros y garantías obligatorias establecidas por la Ley 25.599".
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