sábado, 6 de junio de 2009

DURO FALLO CONTRA EL REPARTO OFICIAL DE FONDOS PARTIDARIOS DE LA CÁMARA ELECTORAL NACIONAL.

La Cámara Nacional Electoral puso ayer un claro límite a la discrecionalidad del Gobierno para distribuir fondos entre los partidos: lo obliga a que explique cómo reparte los aportes extraordinarios, unos 4 millones de pesos anuales, que, desde 2006, el Ministerio del Interior puede entregar a pedido de las diferentes fuerzas políticas. El fallo de la Cámara hizo lugar a un amparo de ARI, que había denunciado un trato "absolutamente discriminatorio" por parte del Poder Ejecutivo. El apoderado partidario, Adrián Pérez, acusó al Gobierno de haberle denegado aportes sin explicar por qué, y dijo que mientras el Partido Justicialista recibió el año pasado fondos extraordinarios por $ 1.140.000, a su agrupación sólo le concedieron $ 100.000. La Cámara fue terminante. Sostuvo que la administración "no está autorizada a actuar caprichosamente según su propio arbitrio", y que, de aquí en más, deberá explicar las "razones por las cuales se conceden o deniegan" los aportes extraordinarios. En cuanto al reclamo concreto de ARI, dispuso que el Ministerio del Interior debe reconsiderar el pedido y fundar su respuesta. La sentencia fue firmada por Santiago Corcuera, Alberto Dalla Vía y Rodolfo Munné. Se trata del mismo tribunal que el lunes pasado, en un fallo dividido, había aceptado las candidaturas testimoniales del gobernador Daniel Scioli y del jefe de Gabinete, Sergio Massa. En este caso, ARI llegó a la Cámara en apelación contra un fallo de la jueza María Romilda Servini de Cubría. El motivo del amparo fue que el Gobierno sólo había aceptado darle al partido 50.000 de los 200.000 pesos que le había pedido para cubrir los gastos de un encuentro nacional. El director nacional electoral, Alejandro Tullio, negó ayer las acusaciones de discriminación. Declaró que "no se concedió el pedido porque el Ministerio del Interior tiene cuatro millones para repartir entre todos los partidos" y sostuvo, incluso, que ARI no fue perjudicado sino beneficiado, si se calculan los fondos extraordinarios recibidos según el número de afiliados de cada fuerza. La ley que creó los aportes es una polémica norma de 2006 que le otorgó al Ministerio del Interior una facultad discrecional para repartir dinero entre los partidos con el único requisito de que se destine a fines no electorales. El fallo de ayer fijó un claro límite: discrecional no es lo mismo que arbitrario. "El ejercicio de las facultades discrecionales lleva implícito el deber de una mayor motivación del acto -advirtió la Cámara- sobre todo, cuando se trata del reparto discrecional de fondos públicos a los partidos políticos." El tribunal declaró que "la decisión administrativa inmotivada es abuso de poder, arbitrariedad, sistema autoritario de gobierno". Y sostuvo que es inaceptable una resolución que "no tiene la simple y humilde explicación que la coloca por debajo del derecho y no por encima de los hombres". De acuerdo con los datos oficiales publicados en Internet que son de acceso público, en lo que va del año, el Ministerio del Interior lleva otorgados casi 1,4 millones de pesos en concepto de aportes extraordinarios. Más de la mitad, $600.000, fueron para el PJ. Le siguen en el ránking la UCR, que recibió $180.000; el Partido Federal de Mendoza, aliado al kirchnerismo, con $ 110.000, y el Frente Grande, con $ 80.000, lo mismo que el Partido Socialista. Pro y ARI percibieron $ 50.000 cada uno. En 2008, la diferencia en favor del oficialismo fue aún mayor. De $ 1.855.000 repartidos, el 61,4 por ciento fue para el PJ, denunció ARI. En julio de 2008, Poder Ciudadano le pidió a la Dirección Electoral que informara cuánto dinero se había destinado a aportes extraordinarios y cuál era el criterio según el cuál se distribuían. "Nos contestaron que ninguno, porque la ley no lo establece, que se aplicó el criterio subjetivo de cada gestión ministerial -relató su presidenta, Delia Ferreira Rubio-. Esto es grave: el financiamiento de la política debería ser totalmente transparente. Y, como dice el fallo, discrecionalidad no es poder absoluto para cualquier cosa." El fallo de la Cámara hizo expresa referencia a la falta de límites de la ley, pero advirtió: "Mal puede afirmarse que el silencio legal en punto a establecer los criterios para la asignación de los aportes derive en una suerte de facultad ilimitada del Ministerio del Interior". Según los camaristas, el principio fundamental que ha de regir el sistema de financiación de los partidos es el de igualdad de oportunidades. "Eso no significa que deba establecerse una equiparación absoluta entre todas las formaciones políticas pero sí exige eliminar desigualdades carentes de justificación", afirmaron. Como consecuencia de esta sentencia, ARI podrá formular un nuevo pedido "adjuntando las constancias que justificarían su procedencia". Este vez, el Ministerio deberá considerarla y pronunciarse "mediante resolución debidamente fundada". Tipos de ayuda * Institucionales. Son fondos para solventar la vida partidaria. Se reparten el 80% en forma proporcional a los votos obtenidos por cada partido en la última elección a diputados nacionales (siempre que el partido haya alcanzado en 1%) y el 20% restante, en forma igualitaria. *De campaña. Se distribuyen en años electorales. El 80%, en forma proporcional (igual que el institucional) entre los partidos que compitan y el 20% restante, en forma igualitaria. * Extraordinarios. Desde 2006, el Ministerio del Interior puede cocenderlos para gastos no electorales de los partidos.
Paz Rodríguez Niell. LA NACION

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