La causa penal impulsada por el Ministerio Público Fiscal en contra de la Secretaría de Hacienda del Municipio capitalino, Claudia Ortíz, aún no tiene juez. Así lo indicó el juez Daniel Barría en diálogo con Radio Fénix. Ya fueron dos los jueces que se declararon incompetentes, en una causa que parece una brasa caliente que nadie quiere agarrar. Parece que el compromiso de pertenencia les quema las manos.El Superior Tribunal de Justicia deberá, entonces ordenar qué juez debe hacerse responsable de un caso que salpica al gobierno de Quintela. En la mañana del martes, los trascendidos del Palacio de Justicia indicaban que el juez Daniel Barría debería juzgar a Claudia Ortíz, Secretaria de Hacienda del Municipio capitalino por estafas reiteradas. Sin embargo, aún en horas de la tarde se conoció que el juez Barría no podría actuar de echo debido a que no recibió la notificación del Superior Tribunal de Justicia. Por lo menos, así lo expresó a Radio Fénix. Según fuentes consultadas, habría una familiar recibendo el beneficio. Al respecto el juez manifestó que: "Todavía el Tribunal Superior no me envió el expediente. En su momento, el doctor Arce y yo nos declaramos incompetentes, quedaba en el Tribunal Superior decidir. Por el momento, no estoy nottificado sobre la responsabilidad de asumir ese caso" expresó Barría. Quien "llamativamente" se consideró incompetente "porque considero que el hecho que se ordena investigar no cae en los días de mi turno, por eso considero que no soy competente".
LA CAUSA CONTRA ORTÍZ
La denuncia fue realizada en el Ministerio Público Fiscal por el diputado provincial Guillermo Galván y el concejal Alvaro Recalde y que motivó el desarrollo de una investigación mediante pedido de informes a distintos organismos nacionales, provinciales, municipales y privados, como así también de la declaración de los beneficiarios del Programa de Inserción Laboral (PIL). Asimismo, a raíz de la investigación concretada, quedó establecido que el Programa de Inserción Laboral está integrado por aportes municipales para los cuales se destinaba la suma de 1.798.001,33 pesos por mes; sobre los cuales se habrían practicado descuentos a los fines de ser destinados a aportes previsionales y de obra social APOS, entre otros; totalizando la suma de 288.130,50. En este sentido, de la información aportada por el Tribunal de Cuentas Municipal, correspondiente a la rendición de cuentas del mes de marzo del corriente año, surgió que la Secretaría de Hacienda municipal había justificado la suma de 1.590.870,77 únicamente para soportar cargas salariales, no pudiendo justificar el destino del monto correspondiente a los descuentos de APOS y ANSeS. Por otra parte, del informe presentado por la Administración Provincial de la Obra Social (APOS) pudo comprobarse que los beneficiarios del programa PIL municipal en ningún momento contaron con dicha cobertura, por no existir ningún convenio ni aporte en tal sentido. Respecto al informe del Ministerio de Hacienda de la Provincia, se pudo corrobora que los trabajadores PIL no contaban con los aportes previsionales, ya que no fueron remitidas las bases de datos en forma completa ni los fondos destinados a tales efectos.
Estos elementos permitieron determinar que los montos destinados a los descuentos no se encontraban acreditados en las instituciones donde necesariamente deberían estar, ya que se trata del sistema de la obra social obligatorio por el que no podría estar en otro lugar que no sea APOS y del aporte previsional que no podría estar en otro lugar que no sea el área correspondiente al Gobierno provincial, porque es quien solo tiene la clave fiscal para efectuar dichos aportes jubilatorios.
ESTAFAS REITERADAS
Cabe señalar que además de las declaraciones y de los recibos de sueldos con los que contaba la investigación, también surgió que la operación de liquidación habría sido idéntica en todos los casos, esto permitió establecer que cada liquidación mensual constituiría un hecho delictivo independiente, y eventualmente, en lo sucesivo, toda liquidación en dichos términos constituiría un nuevo ilícito. De este modo, el perjuicio patrimonial al que los beneficiarios PIL habrían sido sometidos más el incumplimiento de los aportes previsionales, permitió arribar al encuadre jurídico de “estafas reiteradas” en perjuicio de los PIL. Con esta investigación el Ministerio Público Fiscal no sólo tendería a establecer los hechos y a identificar a los responsables, sino que también busca proteger los derechos de las víctimas, en este caso los beneficiarios PIL.
No hay comentarios:
Publicar un comentario