Tras criticar duramente a la oposición radical, los convencionales del oficialismo (15 en total en esta sesión) modificaron algunos puntos de los textos que ya habían sido aprobados en el marco de la reforma judicial que disparó el alejamiento de los opositores radicales.El objetivo que persigue el oficialismo no apunta a demostrar que el radicalismo tenía razón en algunas de sus posturas, sino que es un intento por convencerlos que, cuando llegue el momento de jurar la nueva Carta Magna, lo hagan. Caso contrario, solo será jurada por convencionales del justicialismo y ningún representante de otra fuerza política, lo que le quita legitimidad.De todas formas, ninguna de las modificaciones parece apuntar a darle mas independencia a la justicia, que seguirá atada a la voluntad del poder político de turno, aunque se cambió -parcialmente- la integración del jury de enjuiciamiento y del Consejo de la Magistratura.Además, se decidió que -en la selección de jueces- el orden de mérito que sugiera el Consejo será vinculante y no intervendrá el gobernador sino que la lista irá directamente a la Legislatura, como ocurre en la actualidad.En la reforma que los oficialistas habían votado la semana pasada y que crispó la relación con los radicales que decidieron su retiro de la Convención, se había dado facultades al gobernador en la elección de magistrados.
-No habrá jurisprudencia obligatoria. El presidente del bloque oficialista, Hector Durán Sabas dijo que igual la jurisprudencia existe por los fallos del Tribunal Superior y de la Corte Suprema , aunque no se aplicarán para todo el mundo.
·También se quita la doble instancia en los juicios y la mediación. A pesar de que estos puntos habían sido aprobados tambien con los votos radicales, en las negociaciones ùltimas, la UCR pidió sacarlos aunque podrán ser implementados luego por ley. La doble instancia implicaba que los juicios se abreviaran a sólo dos etapas.
·Orden de mérito vinculante y sin el gobernador en el medio. Se estableció que el orden de mérito de la terna que elabore el Consejo de la Magistratura en base al resultado de los concursos, “deberà ser respetado” por los diputados y que “en caso de apartarse de dicho orden, deberá fundamentarse acabadamente”.
La terna de candidatos que hayan ganado el concurso irá directamente a la Legislatura (como es ahora) y no pasarà primero por el gobernador como habia aprobado el justicialismo.
·Se cambió la integración del jurado de enjuiciamiento. Se eliminó al representante de los jueces inferiores, porque no puede juzgar a sus pares. Pero se agregó un diputado de la oposición.
De esta forma el organismo que juzgara a los jueces (excepto al Tribunal Superior) se integrarà con un miembro del TSJ, uno del Poder Ejecutivo, 1 abogado de la matrícula (Consejo) pero electo por el voto directo de los abogados del foro y tres diputados (1 por la oposición). Los radicales pedìan dos miembros de los abogados.
·La integración del Consejo de la Magistratura se modificó en parte tambièn. Respecto de los acadèmicos, se puso ahora que sean dos personas del ámbito academico, de acuerdo a una ley que debera dictarse, preferentemente docentes de la carrera de abogacìa.
·Se reafirmó que el resultado del juicio politico no es justiciable.
·Para ser juez se estableció que hay que ser abogado, tener 30 años como mìnimo, 8 de ejercicio de la profesion y 2 años de residencia en la provincia. Para juez de paz lego, 25 años y secundario completo.
·El Poder Judicial no tendrá autarquía financiera, sino que elaborará su calculo de gastos y recursos y lo enviarà para ser incluido en el presupuesto general de la provincia.
·Se sacó del Consejo de la Magistratura la facultad de auditar a los jueces periódicamente y se reafirma la capacidad de superintendencia del Tribunal Superior.
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