El gobierno dispuso Asueto Provincial para este 24 de diciembre, para el personal de la Administración Pública Provincial, a través del decreto 1.723, con motivo de las festividades de Navidad, mientras que para el 31 rigen los alcances de Feriado Provincial, en virtud de la Ley 6.886, por la celebración del tradicional Tinkunaco. El decreto 1.723 es de adhesión a la medida dispuesta por el gobierno nacional para el jueves 24. Establece que los organismos involucrados en la liquidación y pago de los compromisos salariales del sector Público Provincial correspondientes al mes de diciembre de 2009, deberán garantizar el normal cumplimiento del cronograma de pago fijado por el Ministerio de Hacienda. Asimismo, establece que los organismos y reparticiones que presten servicios públicos esenciales, según la Ley Nº 5.573, modificada por su similar Nº 7.261, adoptarán las previsiones necesarias a los fines de asegurar la prestación mínima del servicio. El decreto 1.723, en su artículo 4to invita a los municipios departamentales, organismos autárquicos y descentralizados, organismos nacionales que funcionan en la provincia y empresas dedicadas a la actividad privada, a adherirse al asueto de este 24 de diciembre. Para el 31 de diciembre rigen los alcances de Feriado Provincial, en virtud de la Ley 6.886, por la celebración del tradicional Tinkunaco y que fuera promulgada el 19 de abril del año 2000. El artículo 5to de la mencionada ley consigna que se declara feriados provinciales además del 31 de diciembre, el 20 de mayo de cada año, que en este caso es con motivo de recordarse el Día de la Fundación de La Rioja. El municipio capitalino se adhiere a la medida del gobierno. El intendente Ricardo Quintela decretó asueto para el personal municipal, durante toda la jornada del 24 y 31 de diciembre con motivo de celebrarse las tradicionales fiestas de fin de año, y para permitir la organización, en cada familia municipal, de estas festividades. Los titulares de cada secretaría deberán prever la implementación de las guardias mínimas correspondientes, para no resentir el normal funcionamiento de los servicios esenciales que se prestan a la comunidad. Hay que destacar que desde la secretaria de servicios públicos se garantizó la prestación de los servicios esenciales (recolección, limpieza y controles de transito)
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