martes, 26 de octubre de 2010

SANCIONARÁN A COMERCIOS E INDUSTRIAS QUE NO ADHIERAN AL FERIADO POR EL CENSO NACIONAL 2010.

El subsecretario de Trabajo de la provincia, Nicolás Maza adelantó que este miércoles 27, día que se realiza el Censo Nacional del Bicentenario, queda prohibido que locales comerciales, industrias y cualquier otro tipo de emprendimientos realicen actividades de carácter público, tengan personal trabajando u omitan cualquiera de las reglamentaciones establecidas en relación al Feriado Nacional. Aseguró el funcionario que “habrá duras sanciones para aquellos que no acaten la normativa, más aún cuando la Subsecretaría cuenta con el Poder de Policía, apoyado por las fuerzas de seguridad locales, para labrar infracciones y sancionar a quienes infrinjan la ley”. Maza indicó, en primer lugar, cuáles son las características del Feriado Nacional. “Desde la Subsecretaría de Trabajo, con las resoluciones emanadas del Ministerio de Trabajo, Empleo y Seguridad Social (MTEySS) y el Ministerio de Economía de la Nación, hacemos público que el alcance del Feriado Nacional es de características “dominicales”, de efectivo cumplimiento”. Posteriormente, graficó que “esto quiere decir que desde la hora cero del día 27, quedan suspendidas todas las actividades comerciales, industriales y públicas en general, como así también, acciones en los establecimientos fabriles, los servicios y cualquier otra actividad en la que exista “relación de dependencia”. Detalló, en relación a las personas que prestan servicios por turnos, que no trabajarán ni brindarán servicios, aquellos que ingresen antes de las cero del miércoles (sin excepción) y solamente, se retomará el turno quienes ingresen después de las 20 del día 27. Generalmente es el turno de las 22. No se debe realizar apertura de comercio invocando la propiedad del mismo, como así también actividades de comercialización informales, las cuales también les está prohibido por Resolución conjunta de los Ministerios de Trabajo y de Economía de la Nación que lleva el número 1159/10 y 639/10. Aseguró que la Subsecretaría, por este día, cuenta con el Poder de Policía para sancionar a los infractores. “De surgir actividad alguna que no haya acatado lo emanado en las disposiciones conjuntas de los Ministerios nacionales, serán sancionadas econonómicamente, de acuerdo a los previsto en el Artículo tercero del Capítulo dos, de la ley 25.212”. “En esa normativa, está establecido que las multas las graduará la Subsecretaría, ya que contamos con el Poder de Policía, con el apoyo de las fuerzas de seguridad, en caso de que infrinjan la Ley”, aclaró Maza. Los montos de las multas irán desde los 250, hasta los mil pesos, por cada trabajador afectado. Cabe aclarar que los servicios esenciales como Salud, Policía, sanatorios, hospitales y el trasporte, se adecuarán a las emergencias que puedan surgir. “Por ello, se hace conocer a la población que estas medidas, que tienen como objetivo, que la comunidad colabore en la tarea del censista y simplifique su acción”, concluyó el subsecretario.

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