El decisorio del Presidente del alto cuerpo, José Nelson Luna Corzo, ordenó a la Secretaría de Auditoría del Tribunal Superior de Justicia "publicar los días primero y quince de cada mes" en transparentes de los tribunales, páginas web oficiales y a la prensa en general, así como a cualquier ciudadano que lo requiera, "la lista completa de los pagos realizados por el TSJ".
La resolución -comunicada solamente a algunos medios de prensa- estableció en su artículo segundo que en esas publicaciones "constará el monto, el beneficiario de cada pago, el medio por el cual fue efectuado, el título y número de cuenta bancaria librada y la orden y número de la libranza si fuere el caso, el número y denominación del expediente por el cual se tramitó, la forma de contratación, trátese de adjudicación directa, concurso de precios, licitación u otro medio de contratación y una sucinta justificación de las razones que llevaron a la erogación, trátese de gasto o inversión". Pero quizá lo más relevante del decisorio del juez Luna Corzo resida en el artículo tercero, cuando establece que "la documentación referida a los pagos, así como la tramitación de las adquisiciones, contrataciones y cualquier otro trámite que implique la contracción de compromisos financieros por parte de la Función Judicial será de libre y pública consulta para la prensa oral, televisiva y escrita y toda persona, sin exigencias formales que puedan tornar de difícil cumplimiento el derecho ciudadano de conocer el destino de los fondos públicos". Sin embargo, la resolución no obliga a la Función Judicial a mostrar los sueldos que perciben los jueces, ni los funcionarios ni empleados que la integran. Un secreto jamás revelado por quienes administran -o deberían administrar- justicia.
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