
La causa está referida a una maniobra cuando el ahora legislador e intendente electo se desempeñaba como subsecretario de Asuntos Municipales y comprende una suma superior al medio millón de pesos. Luego de una prolongada acción recursiva que llevó el expediente a la Corte Suprema de Justicia de la Nación, debía reiniciarse el proceso a partir de la promoción de acción. El próximo paso procesal era la indagatoria de Minuzzi, pero el juez de la causa, Miguel Angel Morales, tropieza con el inconveniente de que nadie conoce el domicilio real de Minuzzi por lo que no puede citarlo mediante cédula respectiva. Si bien la Corte Suprema de Justicia ha rechazado un recurso extraordinario que demandaba la prescripción de las actuaciones y ordenó seguir adelante con el juicio, el diputado e intendente electo continúa con una estrategia elusiva y sigue reclamando la prescripción.
Esta es una síntesis de las actuaciones judiciales labradas hasta el momento:
INFORME DE JORGE MAZA.
El expediente se inicia el 22 de febrero de 1996 con un informe remitido a la Fiscalía de Estado por el entonces Secretario de Asuntos Municipales, Jorge Raúl Maza. Consigna que se observa en esa repartición una situación administrativa irregular en torno al otorgamiento de un subsidio a la Mutual de Empleados Públicos y Privados, de Chilecito. Los fondos solicitados, 500.000 pesos, tenían como destino la compra de terrenos para construcción de viviendas en Chilecito. Puntualiza que existen copias simples de resoluciones de fecha y numeración poco legibles, cuyos originales no fueron encontrados.
También indica que el número de expediente mencionado en todas y cada una de las resoluciones disponiendo la provisión de fondos, en realidad corresponde a un expediente por el cual la Municipalidad del Departamento Independencia solicitó un subsidio de 3.000 para reparación y compra de repuestos para vehículos oficiales. Es decir, existían expedientes “mellizos”.
DENUNCIA DE FISCALIA DE ESTADO.
El 1 de abril del ‘96, el Fiscal de Estado, Agustín Benjamín de la Vega y el adjunto, Roberto Hugo Díaz, interponen denuncia penal en contra de Gustavo Rafael Minuzzi y de toda otra persona que tenga relación directa o indirecta con los hechos denunciados.
Entienden los funcionarios que se han configurado los delitos de fraude a la administración pública perpetrado con duplicidad de expedientes y abuso de autoridad.
Advierten que se han dispuesto órdenes de provisión de fondos y abonado diferentes montos, que sumados totalizan 537.600 pesos, los que no coinciden con los 500.000 solicitados por la Mutual “sin haberse fundamentado la elevación de la suma peticionada”.
Puntualizan de seguido que todo ello es corroborado y demostrado en el expediente Nº 30470/76 caratulado “Minuzzi Gustavo Rafael—hace presentación—formula pedido”, iniciado por ante el juzgado de Instrucción Nº 2 por el propio Minuzzi. Allí se consigna que si bien el Estado habría subsidiado a la Mutual con el objetivo único y específico de compra de terrenos para la construcción de trescientas viviendas en Chilecito, con ese dinero se habría adquirido un campo en Guandacol para iniciar una explotación ganadera.
PROMOCION DE ACCION.
El 23 de abril de 1996, la fiscal Laura Beatriz Pollastri promueve acción penal en contra de Gustavo Rafael Minuzzi, Alfredo Rubén Espejo y el ex Director General de Relaciones Económicas (no da nombre) por la presunta comisión del delito de defraudación a la administración pública, quince hechos en concurso real.
INDAGATORIA DE ALFREDO ESPEJO.
Al momento de ser indagado judicialmente en sede instructoria, Alfredo Rubén Espejo, presidente de la AMEPP, declara que se contactó con el intendente (Nicolás Lázaro) Fonzalida a fin de tramitar la concesión de un terreno para la construcción de viviendas destinadas a socios de la mutual. Que el intendente chileciteño lo deriva a Minuzzi, quien les recomienda conseguir una promesa de venta, lo que así se hace. Que la gestión de la mutual era por 50.000 pesos, pero Minuzzi les dice que pueden obtener 500.000. Que fueron convocados por Minuzzi y concurrieron con (Domingo Josué) Romero —Tesorero de la Mutual) y Ochoa. Que Minuzzi les dijo que tenían suerte pues le darían una parte del dinero. Que firmó más de diez papeles y dos cheques. Que por la hora no podían concurrir al banco y les indicaron que volvieran por la tarde. Regresaron en el horario indicado y alrededor de las veinte fueron atendidos por Minuzzi quien les dijo que se quedaran tranquilos pero que “había un pequeño problema, que (Jorge Raúl) Yoma les había solicitado el dinero pues lo necesitaba para pagar unas cuentas y pagar a los diputados a fin de ser elegido como senador”. A partir de allí, relata una serie de gestiones para cobrar el subsidio pero las veces que pudieron ‘encontrar’ a Minuzzi, éste les daba largas y respondía con evasivas. Hasta que salió publicado en El Independiente que la Mutual había recibido un subsidio por 537.000 pesos.
Que al reclamarle a Minuzzi éste les dijo que eso era un invento del Diario, que la plata de ellos estaba segura y que debían conseguir un boleto de compraventa por 537.000 pesos. Que ellos presentaron el boleto de compraventa firmado por (Pedro Victoriano) Alvarez, quien disponía de un campo denominado De Guandacol y con quien estaban en tratos por adquisición. Que Alvarez les hizo firmar un contradocumento que nulificaba el compromiso al cabo de treinta días. Que al ver que no recibirían el dinero, él (Espejo) amenazó a Minuzzi con denunciarlo, a lo que el funcionario le respondió que no lo hiciera porque el primero que iría preso sería el propio Espejo. Que posteriormente (Domingo Fabián) Villafañe lo llamó a Chilecito diciéndole que se quedara tranquilo, que ya le entregarían el dinero pero que no viniera a la ciudad capital.
INDAGATORIA DE MINUZZI.
El 30 de abril de 1996, presta declaración indagatoria Rafael Gustavo Minuzzi, quien revoca el poder a los abogados Héctor Barría y José Omar Vega Aciar, designando en su reemplazo a los letrados Arcadio Herrera Arvay y Graciela Lozano. Declara que por insuficiencia de empleados y desempeñándose como secretario de Asuntos Municipales, en el mes de junio recibió personalmente la solicitud de subsidio por parte de Espejo. Que por el elevado monto del subsidio, se lo abonó en quince entregas parciales. Que a veces se entregaba cheques y otras dinero en efectivo a los beneficiarios. Que el cheque correspondiente a cada resolución de pago lo cobraba el beneficiario, Minuzzi personalmente o alguna persona de su confianza. Se esfuerza en dejar sentado que las quince resoluciones corresponden a un mismo hecho.
En lo que se refiere a los expedientes “mellizos”, considera que pudo haber un error en la numeración, lo que atribuyó a la escasez de empleados en la repartición.
PROCESAMIENTO.
El 7 de mayo de 1996, el juez de Instrucción, Angel Roberto Avila, dicta procesamiento y prisión preventiva en contra de Gustavo Rafael Minuzzi y Domingo Fabián Villafañe, director de Relaciones Económicas y Financieras de la Subsecretaría, por fraude a la Administración Pública en los términos del artículo 174, inciso 5º, del Código Penal. Les imputa quince hechos en concurso real y ordena el traslado de ambos al Servicio Penitenciario, como asimismo trabar embargo a ambos por 200.000 pesos a cada uno.
Por el mismo decisorio sobresee a Alfredo Rubén Espejo por no haber participado de la maniobra delictiva y haber sido víctima de engaño ya que el dinero de los cheques quedaba en poder de Minuzzi y no le eran entregados a la Mutual. La resolución del juez Avila ocupa dieciocho carillas a lo largo de las cuales evalúa las actuaciones y la pruebas colectadas. Llega a la conclusión de que ha quedado acreditada tanto la materialidad del hecho cuanto la participación dolosa de Minuzzi y Villafañe.
MARATON RECURSIVA.
Incidente de nulidad contra el auto de procesamiento el que es rechazado por el juez de Instrucción, Angel Roberto Avila, el 28 de junio de 1996. Por el mismo resolutorio concede el recurso de apelación en subsidio.
El 13 de junio de 1996, el Tribunal Superior de Justicia, integrado por los jueces Mario Gerardo Guzmán Soria, José Nelson Luna Corzo, Ramón Ricardo Ruarte, Vicente Miguel Deleonardi y José Carlos Grimaux, resuelve un amparo de Minuzzi ordenando retrotraer las actuaciones a la promoción de acción penal y deja sin efecto la detención de Minuzzi y Villafañe.
La defensa de Minuzzi recurre en reposición y apelación en subsidio en contra del decreto del juez de Instrucción que fija fechas de audiencias para recomenzar la instrucción de la causa.
El juez de Instrucción subrogante, Daniel Enrique Moreno, rechaza el recurso de reposición y concede la apelación en subsidio con fecha 21 de agosto de 1997.
El Dr. Angel Roberto Avila se inhibe de entender en la causa ya como integrante de la Cámara del Crimen por enemistad con la defensora Lozano por la resolución de otra causa. Además, por injurias de Minuzzi a través de los medios de difusión.
INCOMPARENCIAS Y PEDIDO DE CAPTURA.
Ya en el año dos mil uno, Minuzzi es reiteradamente citado a notificarse de la promoción de acción por el Juez de Instrucción Miguel Angel Morales y ante su incomparencia, el 28 de noviembre de ese año el magistrado libra orden de detención en contra del ex funcionario. Como no era localizado en esta ciudad, el Juez amplia el pedido de captura a todo el ámbito provincial y nacional el 4 de diciembre de 2001. Finalmente, se presenta el 14 de diciembre del mismo año.
Nuevo recurso de reposición y apelación en subsidio contra el decreto del juez instructor citando a indagatoria a Minuzzi, el que es rechazado por notoria improcedencia y se concede la apelación en subsidio. La apelación es rechazada por la Cámara del Crimen por unanimidad de votos de los jueces José Luis Magaquián, Guillermo Luis Baroni y María Elisa Toti.
El 3 de julio de 2002 el juez Morales fija audiencia para indagar a Minuzzi el diez de ese mes y año. Minuzzi no comparece y formula una exposición a las 12:10 de ese día en Aimogasta diciendo que no se le había dejado copia de la notificación comunicada a su padre ya que él se encontraba en Buenos Aires. La Fiscalía de Estado, a través de su titular, José Nelson Luna Corzo y de la letrada María Inés Peralta, en función de querellantes solicitan que se ordene la detención de Minuzzi “atento a que la reiterada conducta procesal del imputado pone en peligro la materialización misma del proceso”. La solicitud es acogida por el Juez Morales, quien ordena la detención de Minuzzi.
El 16 de julio de 2002, el juez en feria Alejandro Manuel Arce ordena una serie de allanamientos en Capital y Aimogasta en procura de la detención de Minuzzi.
El 4 de setiembre de 2002, el Tribunal Superior de Justicia, integrado por los magistrados Ramón Ricardo Ruarte, Benjamín Agustín de la Vega y Alberto Luis Baigorrí, hace lugar a un recurso de habeas corpus prohibiendo la orden de detención.
El juez Morales fija nueva audiencia para el 23 de setiembre de 2002 a fin de indagar a Minuzzi.
La defensa insta cambio de calificación penal y sobreseimiento de Minuzzi por prescripción de la acción penal por transcurso de tiempo. Morales no hace lugar y convoca a indagatoria para el 10 de octubre. La defensa presenta recurso de reposición y apelación en subsidio contra la decisión del Juez. Minuzzi no comparece a la indagatoria y el Juez ordena su detención. Ante la imposibilidad declarada por la Policía de ubicar y detener a Minuzzi, con fecha 28 de octubre de 2002, el juez Morales lo declara en rebeldía y ordena su detención. Con fecha 3 de diciembre del mismo año, rechaza el recurso de reposición y concede la apelación.
El 23 de mayo de 2003, la Cámara del Crimen, integrada por los jueces Jorge Gamal Abdel Chamía, Salvador Ana y Héctor Antonio Oyola, sobresee a Minuzzi por prescripción de la acción penal. El resolutivo es recurrido en casación por el Fiscal de Cámara, Gustavo Manuel Zalazar y por el Fiscal de Estado, José Nelson Luna Corzo, con reserva del caso federal.
El 7 de diciembre de 2004, el Tribunal Superior de Justicia, integrado por los jueces Francisco Ricardo Martínez, Carlos María Quiroga y Guillermo Luis Baroni, revoca el sobreseimiento de la Cámara del Crimen y rechaza el planteo de prescripción.
La defensa interpone recurso extraordinario por ante la Corte Suprema de la Nación. El máximo tribunal de la Nación rechazó el recurso extraordinario dejando firme la resolución del TSJ, debiéndose continuar el proceso. Es ahora cuando el juez de la causa, Miguel Angel Morales, trata de citar a indagatoria a Minuzzi, sin conseguirlo. El legislador viene diciendo a través de la prensa que está a disposición de la Justicia, pero hasta aquí viene eludiendo sistemáticamente comparecer ante la Instrucción. La Cámara del Crimen acaba de conceder el recurso de habeas corpus a Minuzzi y ordena al Juez se abstenga de disponer la detención del imputado “sin antes haber realizado los pasos que la ley le requiere en virtud de las inmunidades que la investidura de diputado provincial representa”. Además, el juez instructor deberá resolver un nuevo planteo de prescripción de la acción interpuesto por la defensa del diputado. Esto pese a que la Corte Suprema ya resolvió que no corresponde.
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