lunes, 5 de octubre de 2009

ARCO CUESTIONA LAS AUDIENCIAS PÚBLICAS DE AGUAS DE LA RIOJA Y LA INTERVENCION DEL EUCOP.

Por la Asociación Riojana del Consumidor, ARCo. www.arcodefensa.com.ar
El Régimen de Audiencia Publica se aplica, además de otros servicios públicos, al sistema normativo y regulador del Agua Potable. Sus principios generadores son la publicidad, la transparencia, y participación. A su vez estos principios se proyectan al régimen que requiere de la oralidad, informalismo, la contradicción e imparcialidad, instrucción, impulsión de oficio, y economía procesal. Aquí, el usuario es aquel que acatará las resoluciones que se dicten en mencionada audiencia y por parte de los usuarios pueden concurrir en forma individual o ser representados, pero de acuerdo a lo establecido en los procesos de la audiencia, el usuario y las asociaciones de consumidores tienen voz, pero no voto. Es decir que las decisiones y planteamientos que se tomen en la misma tienen el carácter de no vinculante y regularmente, las decisiones ya están tomadas, convirtiéndose la Audiencia Publica en una “gran puesta teatral”. Por esa razón, la Asociación Riojana del Consumidor no participará de la misma, dado a la experiencia adquirida a partir de la anterior audiencia publica realizada para establecer el nuevo cuadro tarifario de energía eléctrica y la presentación de nuestro proyecto de Tarifa Social, el cual elogiaron hasta desde la misma empresa distribuidora y pareciera ser que solo fue importante cuando las cámaras (de televisión) se encendieron. Siempre se dijo que privatizar los servicios públicos fue con un fin de mejorar la prestación del servicio, pero vemos que tal misión no es así. El Estado tiene la obligación de garantizar el acceso a la cantidad mínima de agua a las personas, para uso personal y doméstico y para prevenir enfermedades. Por consiguiente la gestión del agua pública, debe asegurar equidad en lo social, partiendo del principio fundamental de que el agua no es una mercancía sino un derecho. Transformar a los ciudadanos en clientes margina a aquellos que carecen de recursos. Resultados deficientes de la gestión privada del servicio de agua potable: A través de los estudios comparativos realizados, llegamos a la conclusión que la gestión privada no ha mejorado el servicio. En ello incide que las empresas rara vez cumplen con los planes de inversión y mejoras a los que se habían comprometido en los contratos de concesión, no pagan cánones y se aprovechan casi siempre de las obras que se realizan por contribución de mejoras, que son soportadas por los usuarios y se transfieren sin contraprestación alguna. Siendo en consecuencia toda la comunidad la que subsidia a las empresas. En torno a otras obligaciones asumidas, como las relativas a la educación ambiental, el uso responsable del recurso, el saneamiento, la preservación y recuperación de las fuentes de agua y el ahorro en el consumo, son nada más y nada menos que letra muerta y en algunos casos solamente se limitan a simples slogan publicitarios. Otro aspecto a destacarse, está configurado por los costos sociales adicionales que se generan, en virtud de que por lo general estas concesiones se otorgan libres de pasivos, los que son absorbidos por el Estado concedente (lo paga la sociedad) y además casi sin excepción, previo al proceso de privatización se encaran políticas de despidos o retiros voluntarios del personal afectado al servicio, lo que incrementa los índices de desocupación. Las empresas desde una concepción mercantilista y en cierta medida autoritaria, se niegan a reconocer el carácter de usuarios a quienes le prestan el servicio, llamándolos clientes, inspirados en la filosofía de la sociedad de consumo, en la cual el agua es una mercancía más. Por estas circunstancias se observa cierto número de problemas existentes en la normal prestación del servicio: Falta de alcance: cuando el servicio no llega a los pobres, pese a obligaciones contractuales. Mala calidad del agua, prestación de servicio de pésima calidad. Precios e inversión: cuando los precios se elevan de manera injustificada en relación a las inversiones. Inversión insuficiente, cuando se invierte menos de lo concertado en los contratos. Corrupción: cuando se induce a los responsables de la real tutela del servicio, a tomar decisiones erróneas, perjudicando al verdadero titular del servicio “El Usuario”. Reiteramos, el agua para consumo no es una mercancía más y su acceso a la misma es un derecho humano, que hace a la calidad de vida y a la dignidad de las personas. “Una cosa que va a acontecer es una tremenda presión para comenzar a exportar nuestra agua para fines comerciales, y esta es otra parte de la historia. Una parte es la cuestión de la privatización y la otra es la presión para mover agua de donde existe para donde no existe. El tema de servicios públicos tiene que ser una política de estado, en el cual se puede invertir y hacer un mayor y mejor seguimiento. Por ello emulando a Juan Bautista Alberdi, podremos decir “La mejor política, la más fácil, la más eficaz, es la política de la honradez y de la buena fe, la política clara y simple de los hombres de bien, y no la política doble y hábil de los truhanes de categoría. La sinceridad de los actos no es todo lo que se puede apetecer en política, se requiere además la justicia en que reside la verdadera probidad.” Ente regulador lejos de la gente. Usuarios desprotegidos: Los entes reguladores son, o deberían ser, la garantía de transparencia y seguridad para todos los ciudadanos en el plano de los servicios públicos, más cuando éstos se hallan concesionados o privatizados. Lamentablemente el desempeño del ente regulador no mejoró. Sin organismos de control fuertes, las empresas siguen con carta libre para vulnerar derechos de los usuarios, cuyo desempeño de los funcionarios frente a los usuarios es tan exageradamente descuidado que, en realidad, parece dirigido a beneficiar a las licenciatarias, “se verifica una extraña pasividad en el obrar” del ente, “aun en los casos donde las anormalidades se presentan como evidentes”. Ni controlan, ni regulan, ni multan. Del análisis surge que los entes reguladores “no ejercen acabadamente con una de las funciones primordiales para lo que fueron creados: la de defender los derechos de los usuarios frente al incumplimiento de las concesionarias”. Las quejas contra el ente regulador se oyen cada vez con más fuerza, dado a que funcionan como meros apéndices de las privatizadas.

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