En el mediodía del lunes, el INADI presentó en Cámara de Diputados el anteproyecto de ley de talles. La propuesta exige a fabricantes e importadores de indumentaria, confeccionar o importar prendas con todos los talles. La bulimia y la anorexia y la discriminación a personas con obesidad afecta a varones y mujeres; esa es la razón por la que la iniciativa avanzó en la Cámara de Diputados.De sancionarse la normativa, los comerciantes y distribuidores de prendas de vestir deberán tener en existencia los talles correspondientes a las medidas antropométricas de la mujer niña, adolescente, joven adulta, o adulta mayor, para ser comercializado en la comunidad, de manera que se pueda hacer una correcta selección de las mismas, de acuerdo a los talles y gama de modelos que comercialicen y ofrezcan al público. El proyecto sostiene también que deberán ser contempladas las medidas antropométricas masculinas. La finalidad principal de este anteproyecto es la de preservar la salud de las personas y prevenir el detrimento de la misma, sobre todo la anorexia y la bulimia. El mundo de la moda impone reglas para vestir, siguiendo las exigencias de mercado de las empresas dedicadas a la moda. Esto provoca en mujeres y hombres la necesidad de adecuar su contextura física a dichas reglas para poder estar vestidas, causándoles un perjuicio severo a la salud. Al respecto, el delegado del INADI Marcelo Lucero sostuvo “es necesario resaltar que los estereotipos de belleza son falsos porque no aseguran la felicidad y la plenitud que presumiblemente deberían otorgar”. “El Estado tiene la obligación de velar por el bienestar de la población en general y en ello se incluye que tanto mujeres como hombres tengan acceso a la vestimenta según sus características físicas y no en medidas virtuales”, sostuvo. El anteproyecto prevé que los fabricantes, importadores, distribuidores y comerciantes que ofrezcan al público cualquier tipo de prenda, que no den cumplimiento a lo dispuesto se les aplicara un amulta proporcional a los diferentes casos y si el incumplimiento es reiterado se dispondrá la clausura de hasta cinco días ya sea establecimiento fabril o local comercial. “En los periodos de liquidación o cambio de temporada, cuando la oferta de los productos de indumentaria queden discontinuados, no le serán aplicables las sanciones previstas, previo informe de la autoridad de aplicación que determine dicha excepción”, explica el proyecto.´