jueves, 11 de marzo de 2010

LA RIOJA SOLICITÓ A LA NACIÓN LA MODIFICACIÓN DEL CÓDIGO ALIMENTARIO ARGENTINO.

El gobernador Beder Herrera le solicitó este jueves a la Nación, a través de un contacto mantenido con el ministro de Salud, Julio Manzur, que se actualice el artículo 535 del Código Alimentario Argentino (CAA), referido a los aceites de oliva para las provincias de La Rioja y Catamarca, en virtud de los resultados obtenidos al analizar la producción de las nuevas áreas de cultivo. Cabe recordar que la provincia de La Rioja posee la mayor superficie cultivada de olivos y es el principal productor del país. También le solicitó aparatología y medicamentos para los distintos hospitales riojanos. El pedido del mandatario nacional está basado en la solicitud que realizara la Cámara Olivícola Riojana. También se adelantó que los días 15, 16 y 17 de marzo se levará a cabo una reunión de la Cámara Olivícola Argentina (COA), donde se analizará este tema. El titular del Ejecutivo explicó que los puntos en los que se solicitan modificaciones son en la composición de los ácidos grasos, la composición de los esteroles y la extinción específica. El pedido está basado en los datos obtenidos al analizar la producción de las nuevas áreas de cultivo. El informe elaborado por la Cámara Olivícola Riojana señala que la modificación de los ácidos grasos solicitada se base en que el contenido de ácido oleico es dependiente de la variedad y de la diferencia de temperatura producida entre el día y la noche. En las zonas cálidas de nuestro territorio como lo son Catamarca y La Rioja, especialmente, se producen aceites de oliva de muy buena calidad sensorial y con valores inferiores al mínimo de 55 % que fija el CAA. El contenido mínimo de ácido oleico especificado era de 53% hasta la modificación que se introdujo en 2006, donde se elevó a 55% con la intención de adecuarse a lo que establece CODEX y el COI. El tiempo transcurrido ha puesto en evidencia que gran parte de la producción argentina de aceite de oliva tiene un contenido de ácido oleico inferior y que aun por medio de cortes no se llega a producir aceites de oliva genuinos por sobre el límite actual mínimo de 55%. En lo que hace a la composición de esteroles, el pedido de modificación se justifica en que el contenido y la composición de esteroles es producto de una síntesis compleja, propia de cada variedad vegetal. También es consecuencia de otros factores como el grado de maduración del fruto en el momento de su procesado para obtener aceite y de factores hídricos. Los varietales de olivos son sensibles en distinto grado a estos factores y presentan características propias según su lugar de desarrollo. La composición de la fracción esterólica es una herramienta muy útil para detectar presencia de otras variedades de aceites en el aceite de oliva virgen, pero no es la única: la composición de ácidos grasos y/o de ácidos trans y/o de estigmastadienos y/o de la proporción de triglicéridos con ácidos grasos saturados en posición 2 son datos necesarios para confirmar adulteraciones, sin olvidar el análisis sensorial. En cuanto a la extinción específica, esta se refiere a parámetros en los que se han deslizados errores de redacción los que se solicita que sean corregidos y corresponden a los valores y redacciones del Codex.

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