El secretario de Gobierno municipal de Chilecito y convencional constituyente, Pablo Fernández Pugliese, calificó la pasada sesión de convencionales constituyentes “como un día histórico” debido a la aprobación de todo el capitulo sobre la Función Municipal. Según explicó el convencional chileciteño, el alcance del mismo permitirá que los municipios recuperen su autonomía, ya que ésta había quedado cercenada en la anterior reforma constitucional, con el dictado de la Ley Orgánica Transitoria de Municipios. Para el convencional Pugliese, se abre entonces la posibilidad que cada Municipalidad, “convoque a su Convención Municipal, para el dictado de la Carta Orgánica”. Además y en juicio de valor de Fernández Pugliese “se ha establecido también el carácter imperativo de la norma, ya que no se faculta a los municipios a convocar a convención, sino que se los obliga a hacerlo, reforzando la autonomía de estos”. "Justamente es esa autonomía muchas veces cuestionada, debido a la dependencia que tienen los municipios de la orbita provincial, en materia principalmente económica", añadió. “El concepto es político, económico, financiero, administrativo y en ese sentido, amplio y totalizador que rige en todos los municipios, coincidiendo con los limites del Departamento”, explicó Fernández Pugliese. El cercenamiento que tuvieron los Tribunales de Cuentas, como el caso de Chilecito que de ser autónomo pasó a ser una mera delegación fiscal de la Provincia de La Rioja, “es un gran logro”, aseguró al respecto Fernández Pugliese. El carácter de inmediatez que tienen los municipios y fundamentalmente en el interior provincial, fortalece a estos. Con la sanción de la nueva Constitución y el dictado de la Carta Orgánica, los municipios contaran con un Tribunal de Cuentas municipal. Según recordó el secretario de Gobierno, en el comienzo de la convención “sosteníamos que había dos capítulos gravitantes. Por un lado el enfrentamiento de la función municipal y por otro, la judicial”. Al respecto explicó que “la municipal es la más gravitante ya que es también la más corpórea para el vecino, mientras que la judicial puede ser la más difusa y lejana, siendo vista por el hombre común como algo extraño”. Sin embargo, continuó explicando que “ambas son pilares fundamentales de un régimen democrático”.La función municipal favorece a la participación del vecino, en tanto que la judicial debe asegurarle al ciudadano los derechos que son garantizados por la Constitución, como un acuerdo social. “El capitulo que atañe a la Función Municipal y el derecho público municipal, es realmente revolucionario y puede mirárselo como un retorno a lo que fue originalmente la Constitución de 1986”, sostuvo con énfasis Fernández Pugliese. En otro orden de cosas, Pablo Fernández Pugliese informó que los Concejos Deliberantes también han sido modificados en materia de su composición. En algunos departamentos riojanos había Concejos que estaban integrados por tres miembros, imposibilitando el funcionamiento de algunos institutos, tal es el caso del juicio político. “A partir de ahora, estos tendrán un mínimo de siete concejales, posibilitando que estos se dividan en salas, se genere el debate, se incluye a las minorías y a las mujeres”, detalló. Al referirse al cupo femenino resaltó que “este no existe más y muy por el contrario, existe la igualdad de género”. Dada esa igualdad, en las futuras listas electorales se podrá ver un hombre y una mujer o viceversa. Para el convencional “esto es propiciar desde el Estado, una participación que nada entiende de diferencias”. En el caso de Chilecito, se aprobó en una pasada sesión, un piso demográfico de 50 mil habitantes y esto posibilitaba que el Concejo Deliberante, tenga 11 concejales. Fernández Pugliese como representante del Departamento Chilecito en la Convención Constituyente, presentó ante esta un pedido de reconsideración. El pedido sostenía que “se establezca un descenso del piso demográfico de 50 mil a 45 mil habitantes y con ello, ampliar el número de concejales, elevándolo de 11 a 13”. Demográficamente Chilecito hoy ronda los 48.500 habitantes. Por varios años no habrá otro censo en el país. Como dato estadístico se toma como el último censo nacional. En un par de años, Chilecito alcanzaría fácilmente los 50 mil habitantes, pero la representación quedaría menguada en solo 11 ediles, de no haberse presentado la respectiva reconsideración, a la que se le hizo el respectivo lugar. El nuevo rol del Viceintendente, ha sido modificado respecto a lo establecido en la Ley Orgánica Transitoria donde se establecía que este preside el Concejo Deliberante y es una especie de Coordinador del Trabajo Municipal.
“Esta función además de ser híbrida, también lo transformaba en una suerte de figura militar”, detalló Fernández Pugliese. Sin duda que eso posibilitaba una confusión de rol del viceintendente con los que ha contado y cuenta la provincia.En palabras del convencional chileciteño “la ley debe marcar competencia, con el propósito de evitar los conflictos de competencia, roles, facultades y deberes de los funcionarios”. En relación a ello, ha quedado eliminada la función de Secretario Coordinador del Gabinete Municipal y el Viceintendente únicamente cumplirá la función de integrar el Órgano Deliberativo, presidiendo el mismo y remplazando en caso de ausencia, fallecimiento o licencia del Intendente. Otro aspecto que se desprende de lo accionado en la Convención, es la incorporación de los juzgados de Faltas Municipales que no tenían rango constitucional.
Además, algunos órganos que habían quedado bajo una orbita regional tal es el caso de la Fiscalía de Estado en su función de órgano de control, “vuelvan a ser departamentales y recuperen su autonomía”, detalló el convencional. Al carácter operativo que ha tenido y tiene la Convención, le resta tratar un capitulo que se estima generará un abierto debate y que refiere a la función judicial. Este miércoles se tratará la composición del Superior Tribunal de Justicia. Al respecto y en forma conjunta con la convencional Laura de León, Fernández Pugliese presentó un proyecto respecto a la nueva integración del Superior Tribunal. Para el representante de Chilecito “quizás ello pueda evitar problemas como los que hoy se plantean, respecto a los Con Jueces referidos a que si lo son o no”. Adelantando su concepción, dijo que “para mi sí lo son”.
“Hay varios puntos respecto a la justicia sobre los que se debe poner mayor claridad, para que el ciudadano que busca el amparo de sus derechos ante el Poder Judicial, tenga claro cual es el limite, facultad y función de un juez, y de sus órganos inferiores”.La Convención Constituyente terminará su función antes de la Semana Santa. Inmediatamente después los convencionales juran la Nueva Constitución, después y ante la Convención jurará el Gobernador, el Vicegobernador, los diferentes intendentes riojanos y funcionarios. Dada esa instancia, cada municipio podrá llamar a su Convención Municipal, cuando autónomamente la autoridad municipal lo considere, tendiente a sancionar su Carta Orgánica. En Chilecito, Fernández Pugliese estimó que “inmediatamente se sancione la Nueva Constitución, se llamaría a Convención Municipal”.
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