El Gobierno propiciaría a través de una ley la renegociación de la totalidad de los contratos públicos celebrados por el Estado provincial con las empresas privatizadas. Incluiría a EDELAR y Aguas de La Rioja, sería una ley de orden público y tendría un plazo de 180 días de vigencia prorrogables por otro período similar. A través de una iniciativa, la Función Ejecutiva será facultada a renegociar los contratos públicos suscriptos con empresas como EDELAR y Aguas de La Rioja, mediante la sanción de una ley de Emergencia Pública en materia de contratación. El objetivo es que la ley tenga una vigencia por 180 días y podría ser prorrogada por igual plazo. El Ejecutivo deberá rendir cuentas al Poder Legislativo por lo actuado en el marco de esa legislación.
Según la iniciativa, que sería girada en breve a la Cámara de Diputados, se declararía en estado de emergencia la prestación de los servicios públicos y la ejecución de los contratos a cargo del sector público, empresa y sociedades del Estado, sociedades de economía mixta y todo otro ente cualquiera sea su tipicidad jurídica, que forme parte del poder del Estado y que actúe legítimamente para celebrar y/o ejecutar servicios y/o contratos públicos en el ámbito de la provincia de La Rioja.
Además, tendría una vigencia de 180 días corridos a partir de su fecha de publicación y faculta al Ejecutivo a prorrogarla ad referéndum de la Cámara de Diputados, por hasta 180 días más, desde su vencimiento.
El proyecto elaborado por el Gobierno propicia también dejar sin efecto las cláusulas de ajuste dólar o en otras divisas extranjeras y cláusulas indexatorias basadas en índices de precios de otros países y de cualquier otro mecanismo indexatorio, en los contratos celebrados por la Administración Pública bajo normas de derecho público. Incluye en este aspecto a los contratos por obras y servicios públicos y determina que los precios y tarifas resultantes de dichas cláusulas, quedan establecidos en pesos, en concordancia con lo establecido en la legislación nacional.
En el caso de los contratos que tengan por objeto la prestación de servicios públicos, deberá tomarse en consideración el impacto de las tarifas en la competitividad de la economía y en la distribución de los ingresos; la calidad de los servicios y los planes de inversión previstos en el contrato; el interés de los usuarios y la accesibilidad de los servicios; la seguridad de los sistemas comprendidos; las pérdidas, costos y beneficios para las arcas públicas del Estado provincial; la rentabilidad de las empresas.
También la iniciativa estipula que rija el principio del sacrificio compartido, por lo que plantea que, en ningún caso se autorizará a las empresas contratistas o prestadoras de servicios públicos a suspender o alterar el cumplimiento de sus obligaciones contractuales. El proyecto contempla además la protección de los derechos de los usuarios y consumidores ante la eventual distorsión de los mercados o de acciones de naturaleza monopólica u oligopólica. Para ello, prevé que se faculte al Ejecutivo a regular, transitoriamente, los precios de bienes, insumos y servicios críticos.
Fuentes del Gobierno consultadas revelaron que el objetivo es que la ley sea de orden público, por lo que ninguna persona podrá alegar en su contra derechos irrevocablemente adquiridos y se derogará cualquier otra disposición que se oponga a lo dispuesto en ella.
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