El ministro de Gobierno y Derechos Humanos Lázaro Fonzalida informó este lunes que con el decreto 2146, firmado por el gobernador Beder Herrera, se efectúa la convocatoria a elecciones de intendentes, viceintendentes, diputados provinciales y concejales. Fonzalida destacó que la convocatoria se efectúa de acuerdo a la Constitución provincial, dado que la Enmienda Constitucional , sometida a Consulta Popular, fue rechazada el pasado 19 de agosto por resolución de la Justicia Electoral.
Por otra parte, el ministro de Gobierno remarcó que la convocatoria se efectúa dentro de los plazos que establece la ley, es decir 60 días antes a la fecha de la elección.
Del mismo modo expresó que el llamado a convocatoria a elecciones se realiza según lo estipulado por el artículo 123 inciso 3 de la Constitución provincial, por la Ley Electoral 5139 y por las modificaciones introducidas por las leyes 8141 y 8142.
El 28 de octubre se elegirán diputados provinciales en 9 departamentos de la provincia (Capital, Chilecito, San Blas de los Sauces, Lamadrid, Angel V. Peñaloza, Independencia, General Belgrano, Ortiz de Ocampo y San Martín) cada uno de los cuales elegirá un diputado titular y un suplente.
En los 18 departamentos de la provincia se renuevan intendentes, viceintendentes y concejales municipales, según el número que le corresponde a cada departamento.
Fonzalida precisó en relación a la Convención Constituyente que se convocará para reformar la Constitución, que la Cámara de Diputados debe declarar y sancionar la ley de necesidad de la reforma y debe también establecer los artículos a reformar. El titular de la cartera de Gobierno sostuvo que existe una línea rectora de aspectos a reformar, que fueron los puntos tenidos en cuenta por la Enmienda Constitucional, entre los que se destaca la eliminación de la reelección indefinida, la participación de la mujer y la efectiva participación de las minorías.
Del mismo modo, Fonzalida manifestó que la Convención Constituyente "es el momento propicio para dar perdurabilidad a la reforma constitucional". En este sentido consideró que se puede ampliar el temario de los artículos a reformar o aquellos en los cuales se requiere precisar el texto constitucional, pudiendo incluirse entre dichos puntos la función judicial, el régimen municipal, la composición del Tribunal Superior de Justicia, entre otros.
Fonzalida anticipó que mantendrá una reunión con los diputados provinciales que son quienes declararán –en sesión extraordinaria- la ley de necesidad de la reforma y los artículos y puntos en los que se basará la misma y que llevará adelante la Convención Constituyente. 23 serán los convencionales constituyentes que reformarán el texto de nuestra carta magna provincial.
Para la convocatoria a convencionales constituyentes existen dos opciones. La primera, que en la misma ley de declaración de necesidad de la reforma se incluya el llamado a convencionales, o bien que se llame a convocatoria a través de un decreto específico.
El ministro de Gobierno y Derechos Humanos se ocupó de aclarar que para que exista coincidencia con las elecciones nacionales "debemos cumplir con los plazos establecidos por ley" a la vez que aseguró que "vamos a cumplir con los plazos y con lo que dice la ley".
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