jueves, 30 de agosto de 2007

EN LA PROVINCIA SE ELIGIRAN 23 CONSTITUYENTES AD HONOREM.

El gobernador Luis Beder Herrera firmó en la noche del miércoles el proyecto oficial de ley para la reforma parcial de la Constitución Provincial que prevé eliminar la reelección indefinida y además se elegirán 23 convencionales por distrito único que sesionarán en forma ad honorem. Según el proyecto, que será tratado en la sesión extraordinaria de la Legislatura, se habilitarán los artículos que establecen la inamovilidad e inmunidad de jueces y fiscales, el mecanismo de Juicio Político, la composición del Consejo de la Magistratura y la Función Municipal. El diputado Alberto Paredes Urquiza informó que se propiciará "la integración de la nueva Cámara de Diputados, para garantizar la participación real de la oposición" que a su criterio "no debe pasar de los 30 ó 32 diputados que es lo que históricamente tuvo la Legislatura" y la otra cuestión es mejorar el servicio de administración de justicia. La idea es que el Gobernador pueda reelegirse por un sólo período consecutivo. El período que asumirá Luis Beder Herrera en diciembre próximo sería contabilizado como primero. La declaración de la necesidad de la reforma parcial o total de la Constitución, según el artículo 161º deberá ser declarada "por ley con el voto de los dos tercios de los miembros de la Cámara de Diputados" y una vez sancionada y comunicada al Gobernador "este no podrá vetarla y deberá convocar a elecciones para elegir los convencionales constituyentes". Según el artículo 160º de la Constitución expresa que estará "integrada por igual número de miembros que la Cámara de Diputados". Al respecto el diputado Paredes Urquiza dijo que "no está claro como se debe elegir, por distrito único o por departamentos, eso quizás nos lleve a una discusión". Después de casi dos meses de no sesionar por la campaña electoral que culminó con las elecciones del pasado 19 de agosto, los legisladores tenían que volver a sus bancas en septiembre. Sin embargo recibieron el sorpresivo fallo del Tribunal Electoral Provincial que declaró la invalidez de la enmienda constitucional sancionada en febrero pasado que obligó a buscar la otra alternativa establecida en la Constitución. La necesidad de la reforma parcial o total de la Constitución debe ser declarada por ley con el voto de los dos tercios de los miembros de la Cámara de Diputados. Sancionada la Ley y comunicada al Gobernador, éste no podrá vetarla y deberá convocar a elecciones para elegir los Convencionales Constituyentes de acuerdo a lo establecido en esta Constitución y en la Ley. La Convención no podrá incluir en la reforma otros puntos que los expresados en la ley de convocatoria. Una vez que los legisladores sancionen la ley de necesidad de la reforma, en la misma norma, podría incluirse un artículo que autorice a la Función Ejecutiva a convocar a convencionales constituyentes en un periodo extraordinario que no sería el de la ley electoral, explicó Paredes Urquiza. Es decir que el 28 de octubre el electorado deberá elegir presidente, diputados nacionales, diputados provinciales, intendentes, concejales y 23 convencionales constituyentes. En el ámbito legislativo resta discutir la elección de convencionales constituyentes que puede ser por distrito único o por departamentos. La distribución de cargos es mediante el sistema Dhon´t. La idea del Gobierno es que la Convención se reúna inmediatamente después de las elecciones y que sesione por un período no mayor a 30 días. En ese marco, el Ejecutivo analiza para la elección conformar una lista única para convencionales constituyentes teniendo en cuenta que el justicialismo apoyó la iniciativa. Además precisó que la elección se realizará tomando a la Provincia por distrito único. De esta forma, el Gobierno busca que la Constitución tenga un contenido "exacto, aceptable y perdurable", precisó el ministro de Gobierno, Lázaro Fonzalida. Fonzalida coincidió con declaraciones del juez de instrucción Miguel Angel Morales de que no es necesario reformar la Constitución para optimizar el servicio de justicia sino que puede hacerse por ley. Sin embargo, señaló que a los efectos de precisar el texto constitucional que se refiere a la integración del Superior Tribunal es buena la Convención Constituyente. Además se busca modificar el juri de enjuiciamiento, el Consejo de la Magistratura y aumentar la cantidad de Juzgado de Instrucción en capital.

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